1.- Con anterioridad a la Independencia de Torremolinos, por el Ayuntamiento de Málaga, se concedió licencia de construcción de diversos complejos de apartamentos en la zona de Cuesta de la Mercedes y Plaza Los Tajillos por acuerdo del Consejo de Administración de la Gerencia Municipal de Urbanismo de 7 de julio de 1.988, siendo alcalde de Málaga Pedro Aparicio Sánchez, lo que vino a significar la desaparición práctica de la Cueva del Bajondillo, que quedó reducida a una serie de estratos sedimentarios de la pared interior, los cuales quedaron situados a varios metros de altura en el talud o frente rocoso creado artificialmente y sin posibilidad de acceso directo, salvo la colocación de andamios o mecanismos elevadores.
2.- El Ayuntamiento de Torremolinos, mediante providencia de Alcaldía con fecha de 24 de marzo de 2010, para hacer frente a las diferentes incidencias detectadas en la zona, concretamente desprendimientos de rocas sobre algunos de los patios de apartamentos de la Plaza de los Tajillos, resolvió incoar procedimiento de Orden de Ejecución a la Comunidad de Propietarios del Edificio Torresol por el inicio de los trabajos de gunitación del talud y de adopción de las medidas cautelares oportunas para la conservación integral del yacimiento arqueológico, reducido éste como se ha señalado a rellenos sedimentarios una vez desaparecida la cueva que los albergaba.
3.- El referido y ya muy relativo yacimiento arqueológico, pues la cueva ya no existe, se encuentra incluido dentro del Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz, recogido por la Ley 14-2007 de 26 de noviembre, la cual establece la competencia exclusiva de la propia Comunidad Autónoma Andaluza sobre los Bienes Arqueológicos.
4.- Desde noviembre de 2003 le consta al Ayuntamiento de Torremolinos que la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía estaba redactando los estudios técnicos preceptivos para inscribir a la zona arqueológica del Bajondillo en el Catálogo General de Patrimonio Histórico Andaluz, no habiendo hasta la fecha, agosto de 2010, noticia alguna sobre la fecha de conclusión de dichos trabajos de redacción.
5.- En relación a lo anterior y la importancia acreditada de dicho yacimiento es por lo que el Ayuntamiento de Torremolinos ha solicitado por escrito a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía que haga extensivas las ayudas que están previstas para las personas propietarias, titulares de derecho o simples poseedoras de bienes incluidos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, al objeto del mantenimiento y conservación del referido yacimiento.
6.- El Ayuntamiento de Torremolinos, tanto en relación al talud como a la zona arqueológica incluida en el mismo, ha ejercido en todo momento cuantas obligaciones tiene encomendadas por Ley, habiendo favorecido tanto la seguridad de este espacio como la limpieza del mismo, ya que se han efectuado tareas en este sentido en diversas ocasiones, incluyendo la retirada de materiales desprendidos del talud, además de propiciar el estudio científico del yacimiento a través de un Convenio a este efecto con la Universidad de Málaga.
Por todo ello, el Ayuntamiento de Torremolinos, además de recordar que la licencia de construcción de los apartamentos citados se generó por el Ayuntamiento de Málaga, quiere dejar claro también que la mencionada “Cueva del Bajondillo” es ya inexistente y que, en todo caso, la atención y cuidado de los vestigios arqueológicos existentes en la zona son única competencia de la Junta de Andalucía.