La Fiscalía del Principado de Asturias solicita un total de 27 años de prisión, además de alejamiento, inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, libertad vigilada y pérdida de la patria potestad para un procesado por intentar asesinar a su expareja delante de su hija de 8 años, a la que presuntamente llegó a colocar un destornillador en el cuello, y de tratar de matar igualmente a la dueña de la casa en la que ambas residían tras la separación de la pareja, en Oviedo.
El juicio se celebrará este martes, 20 de diciembre de 2016, en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Asturias, con sede en Oviedo, a las 10.00 horas, según ha informado la Fiscalía.
AAA mantuvo una relación de pareja con convivencia con el procesado, fruto de la cual tienen en común una hija, nacida en 2007, la cual está diagnosticada de trastorno de espectro autista atípico y trastorno del aprendizaje.
En junio de 2013 finalizó la relación y, tras la interposición de una denuncia por malos tratos, se le impuso al ahora procesado la prohibición de aproximarse y comunicarse con AAA, la cual cesó el 16 de marzo de 2015.
Desde entonces, el procesado trató de convencerla para reanudar la relación, llamándola repetidamente, insistiendo en su deseo de volver a estar juntos, pese a la negativa clara y expresa de AAA, quien le hizo saber que el único contacto que tendrían en el futuro sería el relativo a la hija de ambos, respecto de la que AAA tiene otorgada la custodia, estando estipulado un régimen de visitas para el procesado.
Precisamente, sobre las 20.00 horas del día 24 de mayo de 2015, con ocasión de la entrega de la menor -que había estado con su padre el fin de semana-, el procesado acudió al domicilio de su expareja, en Oviedo, en el que madre e hija convivían con la titular del inmueble, BBB, quien no permitía que el procesado subiera a la vivienda, por lo que las entregas y recogidas se hacían en el portal.
En esta situación, la madre recogió a la menor y, tras dejarla en la casa, volvió a bajar para hablar con el procesado de temas relativos a la niña. Después de conversar, el procesado comenzó a insistir para que retirara unas denuncias interpuestas por impago de pensiones, diciéndole que quería hablar con BBB, a quien el procesado hacía responsable de la decisión de AAA de no volver con él.
El Ministerio Fiscal sostiene que, en un momento dado, cuando AAA se negó y se giró para entrar en el ascensor, dando por finalizada la charla, el procesado sacó un destornillador de una bolsa de plástico y, sin mediar palabra, se lo clavó en la parte superior del pecho, a la vez que le decía "esto es lo que tú querías". Tras arrebatarle las llaves de la vivienda, la obligó a subir diciéndole: "ahora vamos, que quiero hablar con BBB".
Una vez en la casa, la obligó a entrar empujándola, encontrándose con la menor y con BBB, quien se alarmó al ver a AAA sangrando. Entonces, el procesado las arrinconó en la cocina, obligándolas a sentarse en un sofá, a la vez que le decía a BBB: "no me quiere escuchar por las buenas, me va a escuchar por las malas".
A continuación, y con la intención de acabar con su vida, la atacó, apuñalándola con un destornillador, cuya punta estaba modificada a modo de punzón o estilete; se lo clavó varias veces, mientras AAA le instaba a que parase; seguidamente, se dirigió a AAA y, tras coger un cuchillo que también sacó de la bolsa, se lo clavó repetidamente en distintas partes del cuerpo hasta doblarlo, todo ello en presencia de la menor, pese a las súplicas de ambas mujeres para que dejara salir a la niña, que no cesaba de gritar y llorar.
Posteriormente cogió de nuevo el destornillador y comenzó a clavárselo a sí mismo, diciendo que se iba a suicidar.
Fue entonces cuando, alertado por los gritos de socorro, un vecino del edificio logró entrar en la vivienda y, al ver cómo el procesado tenía a AAA cogida por el hombro y, por el otro lado, empuñaba el destornillador contra el cuello de la menor, intervino en su auxilio, logrando desarmarle. En ese momento llegó una patrulla del Cuerpo Nacional de Policía.
Como consecuencia de la agresión, AAA y BBB resultaron con numerosas lesiones de las que tardaron en curar 30 días y de las que les quedaron varias cicatrices como secuelas, entre otras. Las lesiones hubieran tenido un pronóstico fatal, de no haber recibido asistencia médica. Por su parte, la menor sufrió un trauma psíquico a consecuencia de los hechos.
LAS PENAS
La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de dos delitos de asesinato en grado de tentativa, y de un delito de amenazas. Concurre en uno de los delitos de asesinato las agravantes de parentesco y de razones de género. En el delito de amenazas concurre la agravante de parentesco.
Además, el Ministerio Fiscal solicita que se imponga al procesado la prohibición de aproximación y comunicación con AAA a una distancia inferior a un kilómetro durante un período superior en 8 años al de la duración de la pena de prisión dictada en sentencia; prohibición de aproximación y comunicación con BBB a una distancia inferior a un kilómetro durante un período superior en 8 años al de la duración de la pena de prisión dictada en sentencia; prohibición de aproximación y comunicarse con la menor a una distancia inferior a un kilómetro por tiempo de 4 años y privación de la patria potestad.
Por otro lado, el Ministerio Fiscal solicita que el procesado indemnice a AAA con 20.000 euros por las lesiones y secuelas padecidas y daños morales y, a su hija, con 5.000 euros por las lesiones sufridas y daños morales padecidos; a BBB, con 15.000 euros por las lesiones, secuelas y daños morales padecidos y al Sespa, en la cantidad que se acredite en ejecución de sentencia por los gastos de asistencia sanitaria prestada a las víctimas, más los intereses legales correspondientes.