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Martes 19/11/2024
 
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sociedad

Detenida en Ponferrada (León) María Osorio López, la integrante de Resistencia Galega

El pasado sábado, 7 de junio, María Osorio realizó una videoconferencia pública en la que expresó su intención de no presentarse en prisión para el cumplimiento de la condena y mantenerse en la clandestinidad

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La Guardia Civil han detenido en Ponferrada (León) a María Osorio López sobre quien pesa una orden de ingreso en prisión al haber sido condenada a 7 años, 9 meses y 1 día de prisión por integración en organización terrorista (Resistencia Galega) y falsificación de documento público con fines terroristas.

   Según ha informado el Ministerio del Interior, el pasado sábado, 7 de junio, María Osorio realizó una videoconferencia pública en la que expresó su intención de no presentarse en prisión para el cumplimiento de la condena y mantenerse en la clandestinidad.

   Osorio permanecía en búsqueda por la Policía desde el pasado 12 de mayo por orden judicial después de que la sentencia de la Audiencia Nacional la hiciera firme el Tribunal Supremo.

   La Audiencia Nacional emitió el pasado año una condena por terrorismo en relación a Resistencia Galega con penas de entre 10 y 18 años de cárcel para los cuatro primeros activistas juzgados de este grupo radical independentista --Eduardo Vigo Domínguez, Roberto Rodríguez Fiallega, Antón Santos Pérez y María Osorio López--.

   La mayor condena recayó sobre Eduardo Vigo Domínguez y Roberto Rodríguez Fiallega --18 años de prisión para cada uno--, por los delitos de participación en organización terrorista --ocho años--, falsificación de documento oficial con fines terroristas --otros dos-- y tenencia de explosivos con fines terroristas --ocho años--.

   Para Antón Santos Pérez y María Osório López la pena fue de diez años para cada uno, ocho por participación en organización terrorista y otros dos por falsificación en documento oficial con fines terroristas.

   Sin embargo, en abril de este año, el Tribunal Supremo rebajó las penas impuestas en su día por no estar adecuadamente motivadas. Entendió el tribunal que los recurrentes carecían de antecedentes penales y que la organización a la que pertenecen está en fase incipiente.

   La sentencia, de la que fue ponente el magistrado José Ramón Soriano, redujo entre casi cinco y tres años de prisión las penas impuestas por delitos de participación en organización terrorista, falsificación de documento oficial y tenencia de explosivos.

   De este modo, se estimó parcialmente los recursos presentados por Eduardo Vigo Domínguez y Roberto Rodríguez Fiallega, que fueron los condenados a 18 años de prisión y vieron reducida su condena a 13 años y 9 meses y también los de las defensas de Antón Santos Pérez y María Osorio López, cuyas penas pasaron de 10 años a 7 años y 9 meses de cárcel.

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