El tiempo en: San Fernando
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

Declarado culpable de matar "de forma súbita" a un ciudadano chino en Carmona

El jurado ha considerado probado por unanimidad que el acusado asestó a la víctima seis puñaladas en la zona del cuello y la cabeza mediante un cuchillo de 7 cm

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
  • Tribunales. -

El jurado popular del juicio promovido contra el vecino de Carmona acusado de asesinar, en mayo de 2018, al ciudadano de origen chino Jian Lin Wan, ha declarado al mismo "culpable de matar de forma súbita e inesperada" a la víctima, tras la lectura de su veredicto, que ha tenido lugar este viernes en la Audiencia de Sevilla.

El jurado ha considerado probado por unanimidad que el acusado asestó a la víctima seis puñaladas en la zona del cuello y la cabeza "mediante un cuchillo de 7cm que tenía escondido en su antebrazo". También le ha declarado culpable, por unanimidad, del robo en su establecimiento, desencadenante de los hechos, y considera probado que el acusado actuó "con propósito de acabar con la vida de la víctima".

Para el jurado, resulta probado que hubo un "forcejeo" entre ambos al salir de la tienda con la bolsa que contenía dos botellas de alcohol, y que la víctima le abordó en la calle para recriminarle su conducta, "puesto que cuando le dio la espalda, aprovechó para abandonar el local con ambas botellas y sin pagar la adquisición".

Asimismo, reconoce el jurado que el consumo de sustancias estupefacientes limitaba "levemente" las capacidades cognitivas del acusado y que la intoxicación por drogas "mermaba esas capacidades sin llegar a anularlas". Además, el jurado popular ha mostrado su opinión desfavorable, también de forma unánime, a la suspensión de las penas y a un posible indulto.

La Fiscalía mantiene su reclamación de un total de 28 años de cárcel por presuntos delitos de asesinato --en este caso pide 19 años--, robo con violencia en establecimiento abierto al público y atentado, con la agravante de reincidencia, pues ya había sido condenado en firme por ese último tipo de delito.

La acusación particular ha solicitado la aplicación de la atenuante por adicción y la defensa, por su parte, se mantiene en su calificación definida y, "a resulta de la sentencia", ha pedido "por imperativo legal la pena mínima para su defendido".

El acusado había alegado durante el juicio que aquel día había experimentado un "pelotazo en la cabeza" por el consumo de una mezcla de cocaína y heroína tras haber consumido, además, numerosas dosis de la primera sustancia. El pasado día 30, durante su declaración, aseguró que no está "loco" y que sabía "perfectamente lo que hacía", al tiempo que encuadró los hechos en un "acto reflejo de defensa" al ser supuestamente atacado con el lanzamiento de unas tijeras a su pecho.

En su comparecencia, el acusado explicó, ante las preguntas de su abogado defensor, que es "drogadicto" y que llevaba casi "30 años" consumiendo estupefacientes y que había pedido varias veces "ayuda" psiquiátrica.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN