El tiempo en: San Fernando
Viernes 15/11/2024
 
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Andalucía

Joly: el más ilegal de los EREs analizados por Intervención

Hasta 18 ilegalidades e irregularidades detectó la Intervención del Estado al analizar el ERE al grupo editor de Diario de Sevilla o Diario de Cádiz

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
  • La documentación del ERE -
  • El conjunto de los seis EREs del grupo Joly fue camuflado como un Plan de Modernización
  • La asociación de trabajadores estaba "pendiente de registro" cuando firmó el acuerdo de la ayuda
  • La Junta pagó siete veces más por cada trabajadore despedido que el propio grupo Joly

El ERE financiado por la Junta de Andalucía al Grupo Joly (editor de Diario de Cádiz, Diario de Jerez y Diario de Sevilla, entre otros medios) para seis de sus empresas con cargo a la partida 31L, conocida como “el fondo de reptiles”, era el que más irregularidades e ilegalidades presentaba entre una veintena de expedientes de regulación de empleo que analizó un equipo de peritos a solicitud del Juzgado de Instrucción Nº 6 de Sevilla, cuya titular era entonces la jueza Mercedes Alaya.

El informe, concluido el 30 de septiembre de 2013, fue realizado por un equipo designado por la Intervención General de la Administración del Estado y lo componían dos miembros del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado y otros dos del Cuerpo Técnico de Auditoría  y Contabilidad, los cuales hallaron al menos dieciocho ilegalidades/irregularidades en el ERE financiado por la Junta de Andalucía al Grupo Joly, observando que la documentación que al respecto se conserva es incompleta, fragmentaria y sin orden alguno. Los peritos estimaban en su informe que el ERE era nulo de pleno derecho por haberse vulnerado los procedimientos legales.

Además de “ilegal”, podría calificarse de un ERE “sin fin”, porque la Junta acordó seguir financiándolo, junto con otros, en el año 2012 mediante un Decreto-Ley publicado en el BOJA, dependiente de la entonces consejera de Presidencia Susana Díaz, el 18 de octubre de 2012. Y, asimismo, es un pozo sin fondo de absorción de dinero público, sin que se sepa todavía cuánto acabará costando a los contribuyentes andaluces, ya que sus beneficiarios seguirán cobrando ayudas de la Junta hasta su jubilación.

Los peritos de la Intervención General del Estado pudieron certificar al menos la concesión de 8.050.276,10 euros en total por parte de la Junta de Andalucía para el pago de un seguro de prejubilación de 36 trabajadores del grupo que preside José Joly Martínez de Salazar tras las conversaciones mantenidas entre ambas partes, como revela una carta dirigida a aquél por el entonces director general de Trabajo del Gobierno andaluz, Francisco Javier Guerrero. Pero ni ésa fue la cantidad de dinero acordada inicialmente (6,5 millones de euros, que se incrementaron en cinco ocasiones) ni tampoco el número de trabajadores beneficiarios (30, que acabaron siendo 36).

CAMUFLAJE

El conjunto de seis EREs negociado por el Grupo Joly con los representantes de los trabajadores de seis de sus empresas (Diario de Cádiz, Diario de Jerez, Europa Sur, Ingrasa, Federico Joly y Cía y Joldis)  a patir de enero de 2004 y hasta el 26 de octubre de dicho año una vez que tenía la seguridad de que iba a contar con la financiación de la Junta de Andalucía, fue camuflado como “un Plan de Modernización” que conllevaba la aplicación de un Plan Social, debido a que el Grupo no se hallaba por entonces en una crisis que justificara los expedientes de regulación de empleo.

Ese Plan de Modernización financiado a la postre por el Gobierno andaluz sin publicidad ni concurrencia y de forma absolutamente ilegal, según el dictamen de los peritos de la Intervención General del Estado, colocó al Grupo Joly en una posición mucho más ventajosa frente a sus competidores, los cuales tuvieron que afrontar el posterior estallido de la crisis económica general y de la prensa en particular sin ningún tipo de ayuda oficial y con sus propios recursos.

Aun así, el Grupo Joly incumplió otro de los supuestos motivos que se dieron para justificar lo que en el punto tercero del acuerdo firmado con los representantes de los trabajadores se definió como “un ambicioso plan de ampliación de plantilla laboral”.  Ocurrió todo lo contrario: el Grupo Joly no dejó de reducir plantilla en todos sus medios en los años que siguieron al “Proyecto de Consolidación” con que se camufló el ERE multimillonario.

INCREMENTOS CONTINUOS

Tras las reuniones a tres bandas (Grupo Joly, Dirección General de Trabajo de la Junta y trabajadores), el entonces director general de Trabajo, Francisco Javier Guerrero, expresó su compromiso de conceder lo que denominó como ayudas sociales para un colectivo de entre 30 y 35 trabajadores afectados y por importe de entre 6,5 y 7 millones de euros. Finalmente fueron 36 empleados, y el importe de la ayuda, plasmada en una póliza de seguros, se fue incrementando continuamente: 7 millones; luego, 7,59 millones; después, 7,66 millones, hasta llegar a la última cifra conocida hasta ahora pero que no es la definitiva: 8.050.276,10 euros.

La concesión efectiva de la subvención, que ya ascendía a 7,59 millones por entonces, se produjo el mismo día -26 de octubre de 2004- en que el Grupo Joly y los 36 trabajadores firmaron el acuerdo para la rescisión de los contratos de trabajo, en virtud del cual el Grupo Joly pagaba la indemnización que legalmente le correspondía. La Junta de Andalucía la complementó con una cantidad por trabajador al menos siete veces superior, en concepto de ayuda sociolaboral y con cargo al “fondo de reptiles”.

Para ello, sin hacer alusión alguna al Grupo Joly, los 36 despedidos se constituyeron en asociación llamada “Asociación de Trabajadores de la Prensa de Cádiz”, como si todo el sector gaditano de los medios de comunicación se hallara implicado en la operación, y por medio de la misma y previamente aleccionados sobre la forma de proceder solicitaron a la Junta la concesión de ayudas económicas, pese a que al firmar el acuerdo con la Dirección General de Trabajo la asociación se hallaba todavía “pendiente de registro”.

PÓLIZA DE SEGURO

Ello no fue obstáculo para que se les otorgara inicialmente 7,59 millones de euros, destinados a la suscripción (el 2 de diciembre de 2004) de una póliza de seguro colectivo de vida (con la compañía La Estrella, a través de la mediadora Ingotor), modalidad de rentas, que tuviera como beneficiarios a los 36 trabajadores.

La Junta se comprometió a aportar el dinero en tres plazos: cada 30 de abril de los años 2005, 2006 y 2007. Sin embargo, ya el importe inicial de la póliza superó en 63.920 euros la cuantía establecida en el acuerdo y, posteriormente, se añadieron al menos siete suplementos que elevaron la cantidad a más de 8 millones de euros.

Tampoco fue suficiente. Cinco años después del último plazo comprometido de pagos (30 de abril de 2007) por la Junta de Andalucía, ésta incluyó a los extrabajadores del Grupo Joly en el Decreto-Ley 4/2012, de 16 de octubre, de medidas extraordinarias y urgentes en materia de protección sociolaboral a extrabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas y sectores en crisis, pese a que en su origen el Grupo Joly no se hallaba en tal situación.

Por tanto, la Junta sigue financiando la póliza de seguros hasta que los 36 beneficiarios del ERE encubierto se jubilen definitivamente, sin que los peritos de la Intervención General del Estado hayan podido determinar cuánto dinero más de los 8 millones y pico comprometidos y detectados ha costado el ERE del Grupo Joly a los contribuyentes andaluces.

LAS ILEGALIDADES DETECTADAS

El informe de la Intervención del Estado, al que se ha hecho alusión a lo largo de esta semana en el juicio político del caso ERE, detectó al menos 18 ilegalidades e irregularidades en el ERE financiado al Grupo Joly por la Junta de Andalucía:

1. En la concesión de la subvención se ha prescindido total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido, lo que a tenor del artículo 62 e) de la LRJPAC pudiera ser causa de nulidad de pleno derecho

2. Se concedió con cargo a un concepto presupuestario inadecuado (transferencia de financiación a IFA-IDEA), cuya finalidad legal es sólo la cobertura de pérdidas de la entidad pública IFA-IDEA, por lo que, a tenor del artículo 38 de la LGHPCAA, pudiera ser nula de pleno derecho.

3. La aplicación por IFA-IDEA de los fondos recibidos vía “transferencia de financiación” al pago de esta ayuda fue indebida, dado que su destino está limitado por ley de manera exclusiva a la cobertura de pérdidas de dicha entidad, estando obligado IFA-IDEA igualmente por ley a devolver a la Tesorería de la Junta de Andalucía los fondos no aplicados a esta finalidad.

4. La Dirección General de Trabajo de la Junta no tenía competencia legal para ello.

5. No se publicaron por la Junta de Andalucía ni existen bases reguladoras para el otorgamiento de este tipo de subvenciones… Los sistemas utilizados para determinar tanto la empresa elegida como los importes a financiar fueron totalmente discrecionales.

6. No consta la aplicación de los criterios de publicidad, concurrencia y objetividad legalmente establecidos para la concesión de subvenciones.

7. No se ha acreditado el carácter excepcional de la ayuda. Tampoco se acredita la existencia de bases reguladoras a las que pudiera acogerse.

8. No consta solicitud formal.

9. No consta la resolución motivada de la concesión, ni los requisitos exigidos a los beneficiarios.

10. No consta que la Consejería de Empleo se hubiera ajustado a los límites legales establecidos para la asunción de compromisos de carácter plurianual.

11. No consta que se haya seguido el procedimiento de la Ley de Contratos del Estado para la selección de la entidad aseguradora ni de la entidad mediadora.

12. Irregularidad consistente en la existencia de un tomador impropio (la Junta de Andalucía) de la póliza de vida.

13. La concesión de esta subvención no fue sometida por la Consejería de Empleo a fiscalización previa de la Intervención Delegada en la misma, como era legalmente exigible.

14. No existe constancia en el expediente de que por parte de la Consejería de Empleo se realizara ningún seguimiento de la aplicación de la ayuda concedida.

15. Del importe total de la ayuda, 800.000 euros se abonaron por el irregular sistema de “pagos cruzados”. A tenor del artículo 38 de la LGHPCAA, las obligaciones así adquiridas pudieran ser también nulas de pleno derecho.

16. En los convenios firmados por la Dirección General de Trabajo con IDEA para realizar el pago de las subvenciones se afirma que “la documentación acreditativa de dicha operación obra en poder de esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, que es conforme con la misma”. Sin embargo, no existe en todo el expediente ninguna documentación que muestre el mínimo cumplimiento de las normas que regulan la concesión de subvenciones.

17. No consta la preceptiva autorización del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía para conceder subvenciones por importe superior a 3.005.060,52 euros.

18. No consta la preceptiva aprobación provisional por el Consejo Rector del IFA de los compromisos de pago superiores a 1.202.024,21 euros. Tampoco consta la preceptiva ratificación de la aprobación provisional por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.

CASI UN MILLÓN EN PAGOS CRUZADOS

Los peritos que examinaron el expediente del Grupo Joly a petición de la jueza Alaya detectaron que la Junta de Andalucía efectuó otros pagos por importe de, al menos, 800.000 euros a través del irregular sistema denominado “pagos cruzados”.

Mediante este procedimiento, los fondos inicialmente asignados a la cobertura de una póliza concreta se aplicaron después, por orden de la Dirección General de Trabajo, al pago de otra póliza distinta.

El uso de esta irregular figura provoca, entre otros efectos contrarios a la ley -exponen los interventores-, la carencia de control en el pago de las ayudas, dado que los abonos así realizados no tienen reflejo contable alguno en la contabilidad de IFA-IDEA ni en la de la Junta de Andalucía, al ser ordenados directamente a la aseguradora por el director general de Trabajo (Francisco Javier Guerrero) sin que el IFA-IDEA tuviera conocimiento de los mismos.

De esta manera, la existencia de estos pagos sólo puede ser conocida mediante el análisis de la documentación de cada expediente de ayudas.

Este sistema fue utilizado en el ERE del Grupo Joly en al menos dos ocasiones.

JUNTA PAGÓ SIETE VECES MÁS POR DESPEDIDO QUE JOLY

Los interventores de la Administración General del Estado que por encargo de la jueza Alaya auditaron el expediente del Grupo Joly detectaron que en el mismo aparecían identificados por su nombre y antigüedad los 36 trabajadores incluidos en el ERE, así como el importe de la indemnización legal que, por despido, les correspondía y que se comprometió a pagar la empresa: un total de 1.089.082,92 euros.

Así pues, el ERE le costó al Grupo Joly una media de 30.252,58 euros por empleado, mientras que la Junta, de forma complementaria y contabilizando sólo los al menos 8.050.276,10 euros confirmados hasta ahora, ha pagado del dinero de los contribuyentes andaluces una media de 223.618,78 euros a cada uno de esos mismos trabajadores: un 739% más que la compañía.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN