El tiempo en: San Fernando
Jueves 14/11/2024
 
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

El empresario que simuló besar a Rodríguez no comparece ante la jueza

La magistrada no suspende la declaración porque el abogado del empresario "no ha acreditado" que asista a la misma hora al juicio contra Lopera

Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
  • Manuel Muñoz Medina -

El empresario y exvocal de la Cámara de Comercio de Sevilla Manuel Muñoz Medina no ha comparecido este martes ante la juez que lo investiga tras ser denunciado por la Fiscalía por los hechos ocurridos el 20 de diciembre de 2016 en la sede de la Cámara, cuando el empresario se "abalanzó" sobre la coordinadora general de Podemos Andalucía, Teresa Rodríguez, y simuló besarla.

Fuentes judiciales han informado a Europa Press de que la juez de Instrucción número 11 de Sevilla, Cristina Loma, había citado a declarar nuevamente este martes al empresario a petición de su propio abogado, pero finalmente no han comparecido ante la magistrada ni el investigado ni su letrado.

El abogado del empresario, José Manuel García-Quílez, había solicitado el aplazamiento de la declaración porque, a la misma hora, tenía que asistir al juicio que se está celebrando en la Audiencia Provincial de Sevilla contra el expresidente del Real Betis Manuel Ruiz de Lopera.

Por medio de una providencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la juez dice que "no ha lugar a la suspensión interesada" por cuanto "no se acredita que el letrado solicitante asista a las sesiones ante la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla".

Además, la juez asevera que la nueva declaración del empresario ha sido solicitada por su propio abogado, "por cuanto este órgano cumplió con el trámite de oír en declaración al investigado", de forma que "es la parte solicitante la que tiene interés en una nueva declaración de su defendido y debe facilitar al órgano judicial su práctica, y no al contrario, debiendo mantenerse el señalamiento acordado".

Cabe recordar que el empresario compareció ante la juez el día 11 de mayo y se acogió a su derecho constitucional a no declarar porque "no se encontraba en ese momento en las debidas condiciones por su enfermedad".


ENFERMEDAD GRAVE

Así, la defensa del empresario presentó entonces un certificado médico que desaconsejaba que el investigado acudiera a los juzgados, dado que estaba recién operado de una enfermedad grave, y solicitó aplazar la comparecencia, pero la juez decidió mantener la citación tras recibir un informe forense sobre la situación médica del investigado.

El pasado 6 de junio, el presidente de la Cámara de Comercio de Sevilla, Francisco Herrero, y otros dos testigos, en concreto un empresario y una trabajadora de la Cámara que presenciaron los hechos denunciados, ratificaron ante la juez que el empresario Manuel Muñoz Medina simuló besar a Teresa Rodríguez.

En declaraciones a los periodistas, el abogado del empresario señaló que las declaraciones de estos tres testigos "no han arrojado ninguna sorpresa" porque los hechos fueron grabados por las cámaras de seguridad que tiene instaladas la Cámara en su sede, grabaciones que han sido entregadas al Juzgado.

"Todo el mundo entendió en su momento que era una broma de mal gusto", y estas "no están recogidas en el Código Penal en ningún artículo", aseveró el letrado, que opinó que los hechos "se han magnificado de una manera desorbitada".

El abogado recordó, asimismo, que su patrocinado "se arrepintió públicamente antes de conocer que hubiera ninguna queja o molestia" por parte de Teresa Rodríguez y dijo que "se encontraba bebido y que había protagonizado una broma de mal gusto que jamás volvería a repetir", por lo que existió "un arrepentimiento espontáneo".

De su lado, el abogado de Teresa Rodríguez, Luis de los Santos, indicó a los periodistas que tanto el presidente de la Cámara de Comercio como la trabajadora "han sido muy contundentes" y en el caso de Francisco Herrero ha "reprobado ese tipo de acciones", relatando ambos que el empresario "le puso la mano encima, le tapó la boca y simuló besarla tras empujarla".
"BROMA DE MAL GUSTO"

Estos dos testigos "han contado lo que Teresa Rodríguez denunció ante la Fiscalía", manifestó el letrado, que precisó que el tercer testigo, en concreto un empresario, "ha intentado rebajar lo que sucedió, tal y como está intentando hacer la defensa".

"Se han cometido delitos, lo que tiene que hacer es reconocer los hechos y pedir perdón, no a Teresa, sino a todas las mujeres de este país, porque hechos como ese lo único que hacen es justificar la violencia machista sobre las mujeres", aseveró el abogado.

De ese modo, tanto Francisco Herrero como la trabajadora de la Cámara relataron los hechos tal y como se recogen en la denuncia, mientras que el tercer testigo, al que el investigado "conoce desde hace 40 años", ha "rebajado" lo sucedido "y ha repetido muchas veces lo de broma de mal gusto".

"Queremos que reconozca los hechos, que llegue a algún tipo de conformidad con la Fiscalía, y dar un mensaje a la sociedad de que estos hechos no se vuelvan a producir ni con Teresa Rodríguez ni con ninguna mujer anónima en este país", afirmó Luis de los Santos.


PERDÓN

Para concluir, aseguró que si el empresario "se conformara y pidiera perdón, se podría acabar todo esto aquí" y "dar un ejemplo a la sociedad para que esto no vuelva a suceder nunca más, ni con personas importantes ni con personas anónimas".

Recientemente, la instructora rechazó la petición realizada por el abogado del empresario para que citara a declarar a la propia Teresa Rodríguez al entender que no es procedente porque la denuncia de los hechos partió de la Fiscalía de Sevilla, una decisión que ha sido recurrida.

En la denuncia, el Ministerio Público considera que los hechos podrían ser constitutivos de un delito contra la libertad sexual o de atentado a la autoridad.

En este sentido, la Fiscalía asevera que "por el designio que se supone perseguido por el denunciado y por las circunstancias concurrentes" en el caso, la conducta del empresario podría tener encaje, asimismo, en el tipo penal del artículo 173.1 del Código Penal, que impone pena de prisión al que infligiere a otra persona un trato degradante, menoscabando "gravemente" su integridad moral.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN