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Jueves 14/11/2024
 
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Sevilla

Audiencia confirma el archivo de la causa por la muerte del indigente

La Sección Tercera rechaza el recurso presentado por la familia de Piotr contra el archivo decretado por la juez instructora

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La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado el archivo de la causa abierta contra tres médicos y un enfermero del Hospital Virgen del Rocío por el fallecimiento el día 2 de octubre de un joven polaco identificado como Piotr Piskozub en el centro de acogida municipal después de haber sido dado de alta en dicho centro hospitalario.

En un auto fechado el 29 de septiembre, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Tercera rechaza el recurso presentado por la familia de Piotr contra el archivo decretado por la juez instructora, todo ello "al no advertirse abandono, comportamiento descuidado o mala praxis médica relevante para el derecho penal en la conducta ejecutada por los denunciados en la actuación médica llevada a efecto".

Al hilo de ello, el tribunal señala que "si a ello añadimos que la jurisdicción penal no es la competente, por su propia naturaleza subsidiaria, para sancionar posibles demoras y/o deficiencias en la prestación de los servicios públicos, debe concluirse que la naturaleza extrapenal de los hechos denunciados impone la confirmación" del auto recurrido por resultar "ajustado a derecho".

La Audiencia resalta que los informes forenses practicados "señalan que ni con ocasión de la última asistencia brindada a Piotr" en el Virgen del Rocío ni de otras anteriores "se llegó a diagnosticar en dicho paciente la neumonía que, junto con la tuberculosis que padecía, fueron la causa de su muerte", según el informe de autopsia practicado el día 12 de noviembre de 2013.

"No advertimos en los imputados conducta imprudente evaluable en el campo de la infracción penal porque la muerte de Piotr se hubiera producido igualmente en las horas siguientes a la atención hospitalaria en el servicio de Urgencias, aún cuando se hubiera diagnosticado su enfermedad y éste hubiera quedado ingresado en el centro médico; los peritos fueron tajantes respecto a esta conclusión", subraya la Audiencia, según adelanta 'Eldiario.es'.

El tribunal insiste en este auto consultado por Europa Press en que, "si bien la actuación de los imputados no fue del todo correcta, pues se omitió la realización de pruebas necesarias para llegar a un diagnóstico acertado, produciéndose, por tanto, la infracción del deber de cuidado, no existe, sin embargo, relación de causalidad con el resultado final, es decir, el fallecimiento del paciente".

"NO EXISTEN INDICIOS SUFICIENTES"

Y es que Piotr "irremediablemente hubiera muerto aún en el caso de haber sido ingresado en el hospital y aún en el supuesto de haberle practicado las pruebas precisas y necesarias, por cuanto que la patología que padecía, infección generalizada, neumonía grave y tuberculosis miliar con afectación de órganos, llevaba aparejada ineludiblemente el fatal desenlace", estima la Audiencia.

"En definitiva, y como con acierto expone el Juzgado, descartada, entonces, la relación de causalidad entre la actuación de los imputados, cualquiera que ésta fuera, y la muerte del paciente, cabe concluir que no existen indicios suficientes para abrir contra aquéllos la fase intermedia del proceso, procediendo un pronunciamiento de sobreseimiento de la causa", argumenta la Audiencia.

De este modo, incide en que no advierte en la conducta de los investigados que "existiera realmente una omisión de diligencia evaluable en el campo penal", añadiendo que "no en todos los supuestos en que se haya producido un resultado distinto del esperado suponen automáticamente la existencia de imprudencia médica con relevancia penal".

A su juicio, "sólo el olvido u omisión de las precauciones elementales que un profesional de la medicina deba adoptar en una actuación concreta, el incumplimiento grosero de un protocolo determinado que rija la actividad concreta, la no realización de pruebas o informes necesarios para el diagnóstico o tratamiento de una enfermedad o para la realización de la actividad médica o quirúrgica de que se trate, podrán comportar (de resultar debidamente acreditados) una imprudencia con relevancia jurídico penal".

NO HUBO RELACIÓN DE CAUSALIDAD

No obstante, indica que en este caso, "aunque hubiera error de diagnóstico, no hubo relación de causalidad", a lo que se suma que "el diagnóstico preciso fue dificultado por las circunstancias del enfermo que ocultaban los síntomas", y que "el enfermo no colabora y ello impide establecer un diagnóstico certero".

Tras conocer el auto de la Audiencia, el letrado Luis de los Santos, de la Cooperativa Jarsia Abogados, que representa a la familia de Piort, ha señalado a Europa Press que, "aunque este auto cierra la vía penal al determinar que no existe responsabilidad penal de los profesionales, es evidente que la Consejería de Salud y Bienestar Social ha mantenido y mantiene un sistema de atención que en el presente caso fue ineficaz, demostrado por el hecho de que cambiaron el protocolo de atención a personas sin hogar posteriormente".

Así, ha opinado que "el SAS ha tenido responsabilidad directa en la muerte de Piotr por el error de diagnóstico que mantuvieron todos los profesionales intervinientes" y ha anunciado que "por este anormal funcionamiento del servicio público del SAS se va a interponer una reclamación patrimonial contra dicha entidad y se solicitará una indemnización económica que será valorada en las próximas semanas".

Y es que el auto de archivo "deja la puerta abierta a este tipo de reclamación patrimonial por un funcionamiento anormal de los servicios públicos", argumenta.

Para finalizar, ha mostrado su tristeza por el hecho de que, "como afirman asociaciones como la APDH-A, se continúan produciendo altas clínicas de personas en riesgo social sin la adecuada derivación social hacia las UTS hospitalarias, entre otras cosas porque no trabajan las 24 horas que se encuentras activas las urgencias, como pasó en el caso de Piotr, que ni siquiera llegó a ser derivado a dicho servicio".

"La muerte de Piort quedará impune penalmente, pero esperemos que al menos se reconozca la deficiencia del servicio público para que este tipo de situaciones no vuelvan a repetirse", concluye el letrado.

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