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Sevilla

Condenados por la muerte de un hombre tras caer de un balcón

Un juzgado condena a la empresa que instaló el alumbrado navideño y la amarró a un balcón cuya baranda cedió con el fallecido, además de a la aseguradora

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  • Empresa y aseguradora tendrán que indemnizar a la familia con 120.000 euros

Condena de 120.000 euros tras muerte desde un balcón al que amarraron adornos

Sevilla, 8 sep (EFE).- Un juzgado de Dos Hermanas (Sevilla) ha condenado a una empresa y a una compañía aseguradora a pagar 120.746 euros por la muerte de un hombre, ocurrida el 24 de noviembre del 2012 en la localidad sevillana, tras caer desde un balcón de un segundo piso al que habían amarrado adornos navideños.

El hombre, de 75 años, murió tras caer a la calle Real Utrera al desprenderse la baranda del balcón en el que estaba asomado cuando despedía a sus familiares.

El juzgado de primera instancia e instrucción 3 de Dos Hermanas condena a pagar el dinero a la empresa Carilux SL, encargada del montaje del alumbrado navideño en Dos Hermanas, y a la compañía aseguradora Generali.

Para calcular la indemnización, el abogado de los familiares del fallecido, Juan Isidro Fernández, ha sumado los 83.594 euros que corresponden a la viuda y los 9.288 para cada uno de sus cuatro hijos mayores.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, se afirma que "resulta relevante la ausencia de mínima comprobación a efectos de colocación del adorno navideño".

También se añade que "no se instó la previa autorización" y "no se comprobó técnicamente no ya la capacidad de aguante del peso, sino de la previsible tensión que iba a originarse como consecuencia" del adorno.

La sentencia recuerda que, según los operarios, seguían una "costumbre local en cuanto a su colocación" y uno de ellos afirma que "tantean el balcón, y si lo ven bien, lo amarran", mientras que otro señala que "dado que el edificio es reciente, entiende que debe valer" para colocar los adornos.

"Es evidente que tal colocación, sujeta además a la intemperie del tiempo -próximo al periodo navideño-, incide en la sujeción del balcón, siendo prueba de ello que, colocado por vez primera en tal punto, acontece el evento dañoso que nos ocupa", concluye la sentencia de la juez Elena Pérez Cano, que puede ser recurrida.

El balcón había sido usado de manera asidua desde hacía mas de cinco años por el fallecido, su esposa y el hijo que vivía con ellos, según el abogado.

Antes de la vista oral por este caso, la Audiencia concluyó que parecía "evidente" que la caída del balcón y la muerte del hombre se produjo por la colocación de la luminaria amarrada en la parte inferior, que no soportó la tensión añadida del cuerpo sobre la barandilla, aseguró el letrado de la familia del fallecido.

El auto de la Audiencia también recogía que la barandilla del balcón estaba anclada a la pared mediante seis anclajes mecánicos, que era correcto y suficiente para aguantar el peso de una persona, pero con un margen de seguridad pequeño, subrayó el abogado en su demanda.

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