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Sevilla

Denuncian a exdirectivos de la CHG por beneficiar a una empresa con un embalse

La Fiscalía de Sevilla ha denunciado al ex Comisario de Aguas Rafael Álvarez Giménez y al exjefe de la Oficina de Planificación Hidrológica Agustín Pastor Turullols por intentar beneficiar con hasta 15 millones a la empresa de dos socios de uno de los acusados con un informe sobre La Breña

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La Fiscalía de Sevilla ha denunciado al excomisario de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) Rafael Álvarez Giménez y al exjefe de la Oficina de Planificación Hidrológica y exjefe de servicio de Inspección de Presas Agustín Pastor Turullols por haber intentado beneficiar a la empresa de dos socios de este último con un informe sobre el embalse de La Breña (Córdoba) con el que podían reclamar 15 millones de euros en un pleito que mantienen contra la Administración.

   En la denuncia elevada a los juzgados, a la que ha tenido acceso Europa Press, la fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, denuncia a Agustín Pastor Turullols por un delito de estafa procesal en grado de tentativa, un delito de negociaciones prohibidas a los funcionarios y otro de cohecho, mientras que atribuye un delito de estafa procesal en grado de tentativa como cooperador necesario al excomisario de Aguas Rafael Álvarez Giménez.

   La fiscal relata que el exjefe de la Oficina de Planificación Hidrológica y exjefe de servicio de Inspección de Presas realizó un informe el día 29 de diciembre de 2014 a solicitud de la empresa Salto de la Breña sobre la supuesta compatibilidad de la concesión vigente a la empresa con la construcción posterior de un nuevo embalse, La Breña II, "de mucha mayor capacidad --ocho veces superior-- y que inundó por completo a la anterior presa --Breña I--", para cuyo aprovechamiento se le otorgó la concesión.

   Segarra añade que la empresa concesionaria "pretendía que dicho aprovechamiento era factible" porque, según argumentaba, estaba contemplado en las propias bases del concurso para la construcción de La Breña II, donde se contemplaba el recrecimiento del embalse, y en la propia construcción de la presa.


"RELACIÓN DE CONFIANZA Y UNIÓN DE INTERESES ECONÓMICOS"

   El Ministerio Público resalta que Agustín Pastor es socio de miembros de la empresa beneficiada por su informe en las sociedades Gabinete de Promociones Costa Golf S.A. y Transporte de Cenizas y Cementos (Trancesa), lo cual "supone una relación de confianza y unión de intereses económicos entre el denunciado y la empresa que resultaría beneficiada por su informe, pues en todo este procedimiento lo que se hallaba en cuestión era evidentemente el importe de la indemnización a percibir por parte de la empresa, cuya concesión había devenido en inútil".

   La Administración del Estado, que en su día tramitó el procedimiento de rescate de la concesión luego anulado, sostiene que la concesión no puede reponerse a su estado original, existiendo una incompatibilidad funcional de La Breña I con respecto a La Breña II, "de ahí la necesidad del rescate de la concesión en favor de La Breña I como compensación de la antigua concesión". "Evidentemente, la relevancia económica de sostener una u otra postura es evidente y tiene enormes repercusiones en la indemnización a fijarse por el rescate de la concesión", apostilla.

   El informe fue solicitado al funcionario denunciado para ser aportado a un procedimiento judicial por el que la Abogacía del Estado pretendía que se declarase la imposibilidad material de ejecutar la sentencia que declaró la nulidad del rescate de la concesión que le fue otorgada en su día a Salto de la Breña S.A., añade la Fiscalía, que explica que la empresa, junto al escrito de oposición, aportó el informe referido, "favorable a sus intereses y plenamente contrario al posicionamiento mantenido por el letrado del Estado".


"ABSOLUTAMENTE INCOMPETENTE" PARA EMITIR EL INFORME

   Según Segarra, esto "era plenamente conocido por los denunciantes, quienes lo realizaron para favorecer a los intereses económicos de la empresa Salto de la Breña", a lo que se añade que el denunciado "era absolutamente incompetente para emitir el informe, más teniendo en cuenta que en el mismo se incluyen consideraciones jurídicas y técnicas ajenas a la competencia de la Oficina que dirige".

   A ello se suma, según la Fiscalía, que el informe "contraviene el criterio mantenido por la Sociedad Estatal, por la Dirección General del Agua y por la propia CHG, que intervino tanto en la supervisión del proyecto de construcción del embalse de La Breña II como en la incoación del correspondiente expediente de rescate".

   La Fiscalía afirma que el informe "fue solicitado directamente" a la Oficina de Planificación de la CHG el día 23 de diciembre de 2014 "al margen de todo procedimiento legal o reglamentariamente establecido y para una sociedad mercantil y sin que la presidencia ni la Secretaría General de la CHG tuvieran conocimiento ni de la solicitud ni del informe".


"EN PERJUICIO DE LOS INTERESES DEL ESTADO"

   Finalmente, el informe fue realizado "en perjuicio de los intereses del Estado" por Agustín Pastor Turullols, quien pasó dicho dictamen para su visto bueno al excomisario de aguas denunciado, "quien lo visó pese a hallarse de vacaciones, desplazándose para ello a la oficina de la CHG en Córdoba, pese a que no existía urgencia que justificase dicha perentoriedad y pese a conocer su contenido y la radical contrariedad del mismo a los posicionamientos de la Administración, soslayando ambos el conocimiento del mismo tanto por los servicios jurídicos como el presidente" de la CHG.

   "Dicho informe así confeccionado, sin que conste que se le diera registro de salida oficial, fue entregado a los interesados" por el denunciado Agustín Pastor "y presentado por la representación procesal de la empresa Salto de la Breña" en el procedimiento judicial anteriormente aludido, dice la Fiscalía, que agrega que el letrado del Estado puso en conocimiento del Juzgado el supuesto falseamiento del informe, "que pretendió pasar por ser la postura oficial de la CHG, exponiendo los indicios de irregularidad en la emisión y el contenido del mismo".

   Ello permitió que la Abogacía del Estado diera traslado de dicha irregularidad a la directora general del Agua, que tras la apertura del correspondiente expediente de información reservada dio traslado a la Fiscalía.

   Para terminar, el Ministerio Público destaca que el posible importe del justiprecio a abonar por la Administración si se declarara compatible el aprovechamiento de La Breña I con La Breña II podría haber alcanzado los 15 millones de euros, resaltando también que las fechas de participación del denunciado en las sociedades Gabinete de Promociones Costa Golf y Trancesa "reflejan una relación consolidada en el tiempo con los socios de la empresa Salto de la Breña", por lo que "podemos concluir la posible existencia de evidente relación e intereses económicos comunes".

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