La Audiencia de Sevilla ha condenado a un hombre que abusó de su hija entre los 15 y 18 años y luego repitió el mismo delito con dos nietas cuando las niñas tenían 10 y 11 años.
El acusado Francisco L.G., de 65 años, sometió a tocamientos en los pechos y los genitales a su propia hija desde que tenía 15 años hasta que cumplió los 18 y abandonó el domicilio familiar en La Campana (Sevilla).
La Audiencia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, considera demostrado este primer delito de abuso sexual con prevalimiento pero lo declara prescrito desde 2006 y, por lo tanto, no impone por él ninguna condena al acusado.
En cambio, le condena a tres años y dos años y medio de cárcel por realizar los mismos abusos de manera continuada contra dos nietas suyas, hijas de otras dos hermanas de la mujer que sufrió los primeros tocamientos.
Una de las niñas convivió con el acusado en La Campana entre febrero y junio de 2008, cuando la víctima tenía 10 años, y de nuevo entre diciembre de 2009 y abril de 2010 en Lora del Río (Sevilla) y el acusado la sometió "reiteradamente a tocamientos de carácter sexual" y le exhibió sus genitales.
Además, el 24 de abril de 2010 el acusado se acercó a la cama donde dormían juntas la citada niña y su prima de 11 años y volvió a realizar tocamientos a ambas.
Esos abusos se repitieron en la tarde de ese mismo día en el sofá del salón, añade la sentencia.
Como prueba de los abusos contra su hija, los jueces recogen la declaración de la propia víctima en el juicio y de su hermana y madre de una de las nietas sometidas a nuevos abusos, quien afirmó que entonces no creyó a su hermana.
Respecto a las niñas, la sentencia se basa en el relato coincidente en lo sustancial que dieron ambas primas de lo sucedido.
La acusación particular -que ejercieron la víctima de los abusos de su padre y las madres de las otras dos menores- calificó uno de los delitos contra las niñas como un abuso sexual con penetración, por el que pidió diez años de cárcel, pero los jueces no lo consideran demostrado porque la víctima solo relató en el juicio que su abuelo le "refregaba con el dedo".
La condena incluye seis y cinco años de prohibición de aproximarse o comunicar con sus nietas y el pago de una indemnización de 6.000 y 2.000 euros.