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Viernes 15/11/2024
 

Sanlúcar

La Alcaldía edita un bando para la colocación de propaganda electoral

Existen lugares especiales y predefinidos para la colocación de carteles y pancartas, y se regula el uso de la megafonía

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Con motivo de la celebración el próximo 25 de marzo de las elecciones municipales, la alcaldesa de Rota, María Eva Corrales, ha editado un bando en el que se regulan las normas a seguir por parte de las candidaturas, partidos políticos, coaliciones, federaciones y agrupaciones electorales en cuanto a la colocación de la propaganda electoral.

Estas medidas buscan compatibilizar el desarrollo de la campaña electoral con el respeto y mantenimiento del entorno del municipio, evitando que los carteles electorales sean pegados de forma indiscriminada, y afecten a la estética de la Villa.

En este sentido, y atendiendo a lo establecido en Ley, se reservarán lugares especiales para la colocación gratuita de carteles, que serán comunicados y distribuidos equitativamente, de tal forma que todas las candidaturas dispongan de igual superficie y análoga utilidad en cada uno de los emplazamientos disponibles.

En los demás casos, sólo podrán pegarse carteles de propaganda electoral en los espacios comerciales habituados para ello por el Ayuntamiento. Fuera de los lugares o emplazamientos fijados para la colocación de esta propaganda, como puedan ser fachadas, papeleras, farolas, rótulos, semáforos, señales de tráfico, vallas, etc, serán sancionadas por la Alcaldía, previa instrucción del expediente correspondiente, recayendo la responsabilidad en los partidos políticos, coaliciones, federaciones y agrupaciones electorales anunciantes.

Las pancartas no podrán ser instaladas, amarrándolas a cables de las fachadas, farolas o cualquier otro elemento que no sea lo suficientemente sólido, así como tampoco podrán colocarse en balcones, terrazas o cierros, sin la previa autorización del propietario. Las que se coloquen no respetando estas normas, serán retiradas por los Servicios Municipales.

El uso de megafonía, se autoriza como máximo hasta las 21:00 horas, a fin de no molestar a los vecinos en sus horas de descanso. Se exceptúa de este horario la celebración de mítines en lugares debidamente autorizados. Precisamente, para celebrar un mitin en un sitio no autorizado por la Junta Electoral de Zona, será necesario presentar una solicitud ante la Alcaldía y esperar la autorización. El Ayuntamiento por su parte, instalará escenarios en los sitios que determine la Junta Electoral de Zona, si bien en caso de elegirse otro sitio, será el solicitante el que se ocupe de la instalación.

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