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Jueves 14/11/2024
 

Sevilla

La Audiencia acuerda la expulsión de España de la banda de georgianos que robaba en viviendas

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a penas de hasta nueve años y medio de cárcel a 15 miembros de una organización criminal georgiana dedicada al robo en casas habitadas de la provincia

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La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a penas de hasta nueve años y medio de cárcel a 15 miembros de una organización criminal georgiana dedicada al robo en casas habitadas de la provincia, aunque en el caso de las penas más graves impuestas a una decena de ellos las ha sustituido por la expulsión de España durante un periodo de diez años, mientras que en el resto de casos ha sustituido la pena de prisión por el pago de una multa.

   En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Cuarta de la Audiencia condena a los 15 acusados por delitos de organización, coordinación y dirección de organización criminal, participación activa en organización criminal, delito continuado de robo con fuerza en las cosas en casa habitada, delito continuado de receptación, y falsedad en documento oficial.

   La sentencia se ha dictado después de que, en la jornada de este lunes y antes de la celebración del juicio, las defensas de todos los acusados mostraron su conformidad con las penas y la calificación de los hechos realizada por la Fiscalía.

   La Audiencia considera probado que, entre abril de 2013 y julio de 2014, "ha venido operando en Sevilla y otras ciudades españolas, con carácter estable", una organización criminal dedicada a la comisión de delitos de robo en casa habitada y falsificación de documentos, integrada por ciudadanos procedentes de países extranjeros, fundamentalmente del este de Europa y sobre todo de Georgia, "que actuaban con la colaboración y cobertura de ciudadanos de países del Este asentados en España de modo permanente, incluso con permisos de residencia y/o trabajo".

   Dicha organización, de origen georgiano y con más de 45 miembros hasta la fecha identificados en España, pero asentada en varios países europeos, "actuaba concertadamente para la obtención de beneficios económicos procedentes de robos en casa habitada, facilitando en ocasiones a sus miembros pasaportes u otros documentos de identidad falsos para ocultar su auténtica identidad", relata la sentencia.

   Para la comisión de los delitos de robo en casa habitada, la organización "contaba con tecnología avanzada y métodos de acción conocidos como 'impresioning', hasta la fecha inéditos" en España, consistentes en vigilar previamente las viviendas y "marcar" sus cerraduras mediante la introducción de un molde en las mismas "que permitiría, una vez vigilada y constatada la ausencia prolongada de sus moradores, extraer un molde para fabricar con instrumentos de precisión de cerrajería una llave idéntica a la original a partir del mismo".

DINERO, JOYAS, TELÉFONOS MÓVILES...

   Ello "posibilitaría abrir la cerradura y entrar en la vivienda, desvalijándola, operación en la que intervenían diferentes personas con reparto de papeles en la sustracción y vigilancia desde el exterior del inmueble", sostiene la Audiencia, que añade que, una vez obtenido el beneficio económico, ya fuera en dinero, joyas, teléfonos móviles, tablets, televisiones, u ordenadores, los miembros de la organización enviaban el metálico obtenido a Georgia y a otros lugares donde se asienta la organización mediante giros a través de empresas que se dedican a ello.

   Según la Audiencia, la organización "cuenta con miembros itinerantes que se desplazan, una vez entran en España, por diversas ciudades del territorio nacional (Barcelona, Bilbao, Pamplona, Madrid, Sevilla, Vitoria, Málaga, entre otras), aprovechando en numerosas ocasiones para cometer los robos en casa habitada los períodos festivos, en que es más frecuente la ausencia temporal de los moradores, procurando cambiar de lugar de actividad una vez son detectados o detenidos por la Policía".

   Igualmente, la organización "cuenta con suficiente y estable infraestructura en Sevilla, Madrid, Barcelona y Vitoria", que permite a otros miembros de la organización con residencia legal en España alquilar viviendas en las que los miembros itinerantes se alojan y hallan cobijo, o poner a nombre de aquéllos vehículos para usar en sus desplazamientos, o dar salida a joyas y efectos mediante su venta en establecimientos, o prestar su nombre para hacer los giros de metálico a Georgia u otros países europeos o del Este, donde otros miembros de la organización se ubican.

"MAFIA GEORGIANA"

   La organización "aparece integrada en la denominada mafia georgiana, que presenta una estructura de tipo piramidal o jerárquico, con diferentes niveles operativos", en primer lugar los dirigentes de mayor importancia, "que se denominan a sí mismo 'ladrones en ley', ubicados en Georgia, que toman las principales decisiones operativas".

   En un segundo escalón, se encontrarían los jefes o responsables nacionales, mientras que, en un tercer estrato, estarían los jefes o responsables regionales, que tendrían acceso a la caja común, ubicada en Georgia y a la que "tendrían obligación de realizar aportaciones económicas todos los miembros de la organización".

   En el escalón más bajo de la organización se encuentran los peones, "algunos de los cuales son drogodependientes reclutados en Georgia", que viajan por diferentes países europeos y por diferentes ciudades españolas de modo itinerante, provistos en ocasiones de pasaportes y documentos de identidad falsos, vehículos con matrículas de otros países europeos y útiles de precisión adecuados para la apertura de cerraduras o fabricación de llaves falsas.

   La Audiencia destaca que la organización, "especializada y profesionalizada en el robo en casa habitada y en la falsificación de documentos de identidad, cuenta con su propio código de conducta, con normas entre las que se incluye el no trabajar, viviendo sólo de lo obtenido con su actividad ilícita, y la obligación de apoyar a otros miembros de la organización moral y materialmente, mediante el uso de la caja común".

CÓDIGO DE CONDUCTA

   Otros principios de su ideario, según la sentencia, son mantener secreto absoluto sobre sus cómplices y enseñar a los nuevos miembros y aprendices sus técnicas y habilidades delictivas, mientras que, como marca propia de identidad, algunos jefes de esta organización "llevan tatuajes identificativos de su pertenencia a la misma, como una estrella de ocho puntas, un murciélago, las iniciales de la palabra lobo en ruso o la cruz ortodoxa en los dedos".

   El tribunal resalta que "la alta profesionalidad" alcanzada en la ejecución de estos delitos, "del que los miembros de esta organización hacen su modo de vida, hace que sea en algunos casos extremadamente difícil la obtención de pruebas de su ejecución, atendidas las precauciones que toman en las vigilancias de las viviendas y su marcado, en los que se turnan, y, finalmente, en la ejecución misma del hecho, pues procuran por todos los medios no dejar huella alguna de su paso por las viviendas".

   Asimismo, recoge que constan envíos de dinero de miembros de esta organización desde España en el período investigado por importe de 139.063 euros a través de tres agencias dedicadas a tal fin, "siendo así que la mayoría de ellos carecen de cualquier tipo de ocupación laboral en España y los que la tienen presentan un nivel exiguo de renta incompatible y desproporcionado con los giros efectuados".

   La Audiencia destaca que una idea "del volumen de actividad delictiva de esta organización, del peligro que representa para el orden público, y del incremento del nivel de seguridad ciudadana en Sevilla desde que, parcialmente, se ha logrado desmantelar, la dan las estadísticas policiales", que indican una disminución del 40 por ciento de robos en casa habitada desde el 17 de julio de 2014, fecha en que la gran mayoría de los imputados fueron detenidos en Sevilla, con una disminución en este período de 251 robos.

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