El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado la petición de la Asociación Afectados por el Puerto de Carboneras de paralizar cautelarmente el inicio de las obras de remodelación de las instalaciones portuarias de este municipio del levante almeriense.
En un auto, el alto tribunal andaluz señala que, de acuerdo a la legislación vigente, puede denegarse la medida cautelar, siempre que se aprecie "perturbación grave de los intereses generales o de tercero, lo que obliga a efectuar siempre un juicio comparativo de todos los intereses en juego, concediendo especial relevancia, a la hora de decidir, a la mayor gravedad de la perturbación que la medida cause al interés general o al de un tercero".
"Si a la luz del precepto transcrito se analiza el presente caso, debe concluirse en la desestimación de la petición de suspensión del acto impugnado pues, a juicio de la Sala, ello no hace perder al recurso su finalidad, y en cambio sí es apreciable una grave perturbación del interés general", apunta el TSJA en un auto consultado por EFE y adelantado por el periódico 'Diario de Almería'.
Dicho auto responde así al escrito del colectivo en el que se apuntaba que la concesionaria del puerto, Marina San Andrés SA, ha comunicado al Club Náutico Isla de San Andrés que ya se ha firmado el contrato con las modificaciones contenidas en el escrito demanda de la asociación, y que las obras comenzarán de "forma inminente".
A principios de agosto esta misma asociación presentó ante el TSJA una demanda por la modificación “sustancial” del contrato para remodelar las instalaciones portuarias de Carboneras (Almería), que conlleva la reducción de amarres y la "expulsión" de decenas de embarcaciones deportivas, a la que se refiere la concesionaria.
"Es de significar que la firma del nuevo contrato y el resto de trámites que se hayan producido en vía administrativa lo debió de comunicar la Agencia Pública de Puertos de Andalucía (APPA) por haber solicitado su personación en el expediente administrativo, solicitud que al igual que las demás ha sido denegada por silencio negativo", dice el colectivo.
"No obstante, si la afirmación por parte de la mercantil concesionaria no fuese cierta y el contrato siguiese pendiente de firma, la solicitud de adopción de medidas cautelares prohibiendo el inicio de las obras estaría igualmente justificada por los efectos irreversibles que estas causarían", sostienen.
En su escrito, al que ha tenido acceso EFE, el colectivo da respuesta a la solicitud del TSJA para que formulase dicha demanda, y recuerda que la Agencia Pública de Puertos de Andalucía (APPA) aprobó en octubre de 2019 la adjudicación para la reordenación del puerto de Carboneras a la UTE Marina San Andrés.
Esa adjudicación se llevó a cabo tras el correspondiente informe jurídico de septiembre de 2019, pero la modificación posterior del contrato no se sometió al preceptivo informe jurídico, han asegurado los afectados.
Han sostenido que el número total de atraques licitados fue de 260, con un mínimo de 207 exigidos en el pliego de condiciones, aunque tras la modificación “debido al aumento de la demanda de atraques del sector pesquero”, se fijó una nueva ordenación que estableció en 166 el número de atraques.
“Aprobar una remodelación de 166 atraques supone eliminar 94 atraques de los 260 licitados y 41 menos del mínimo de 207 permitidos", han denunciado.
En la actualidad en el Puerto de Carboneras hay un total de 231 embarcaciones amarradas y construir un puerto para 166 amarres supone expulsar de la dársena a 65 embarcaciones.
Almería
Desestiman la suspensión cautelar de la remodelación del puerto de Carboneras
El alto tribunal andaluz señala que puede denegarse la medida cautelar, siempre que se aprecie "perturbación grave de los intereses generales"
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