FACUA invita a denunciar el spam telefónico tras la entrada en vigor de la prohibición

Publicado: 29/06/2023

FACUA-Consumidores en Acción recuerda que las llamadas comerciales no solicitadas ni consentidas expresamente por el usuario de forma previa serán ilegales a partir de este 29 de junio. Así lo establece de la Ley General de Telecomunicaciones, que ha entrado en vigor a finales de este mes de junio. En él, se señala que los […]



FACUA-Consumidores en Acción recuerda que las llamadas comerciales no solicitadas ni consentidas expresamente por el usuario de forma previa serán ilegales a partir de este 29 de junio.

Así lo establece de la Ley General de Telecomunicaciones, que ha entrado en vigor a finales de este mes de junio. En él, se señala que los usuarios, con respecto a la protección de sus datos personales y su privacidad, tienen derecho «a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial, salvo que exista consentimiento previo del propio usuario para recibir este tipo de comunicaciones comerciales». Tampoco podrán «recibir llamadas automáticas sin intervención humana o mensajes de fax, con fines de comunicación comercial sin haber prestado su consentimiento previo para ello».

Así, los usuarios deberán haber autorizado expresamente y de forma previa a las empresas para que estas tengan permitido llamarles para venderles sus productos y servicios, arriesgándose a ser sancionadas de no cumplir con la prohibición.

¿Cómo denunciar a las empresas que insistan con llamadas de spam?

En este sentido, FACUA aconseja a los usuarios que, una vez entre en vigor este precepto, si reciben llamadas comerciales o de spam sin que ellos la hubieran autorizado, pueden interponer una denuncia ante la Agencia de Protección de Datos (AEPD), ya que es el organismo encargado de vigilar el cumplimiento de esta normativa, tal y como explica a Radio La Isla, Jesús Yesa, desde la organización en Cádiz.

Así, se debe expresar a la AEPD la identificación de los presuntos responsables y acompañar los documentos o cualquier otro tipo de prueba o indicio. En caso de desconocer qué empresa en concreto realizó la comunicación, bastará con tomar nota del número de teléfono, el día y la hora de la llamada y dirigir un breve escrito a la Agencia trasladando lo ocurrido para que inicie sus averiguaciones. La denuncia puede interponerse de forma telemática.

Una nueva circular emitida por la AEPD este 28 de junio aclaraba, además, la obligación de que la empresa tenga que identificarse al inicio de la llamada, así como informar de su finalidad comercial y del derecho a oponerse a recibirlas. Por lo que, si no dan esta información, también puede utiizarse como elemento de denuncia.

Aunque no resulta necesario grabar la llamada, sí puede servir para añadir más información a la denuncia. Por su parte, la empresa tiene la obligación de hacerlo como medio de demostrar el cumplimiento de la normativa de protección de datos.

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