El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado las penas por un total de 25 años de cárcel impuestas a un monitor que contactó con once menores que participaron en un campamento para solicitarles fotos desnudos, enviarles vídeos pornográficos y tener conversaciones de carácter sexual con ellos.
La sentencia del alto tribunal andaluz desestima el recurso de apelación interpuesto contra el fallo original de la Audiencia de Almería, que condenó al acusado por seis delitos de embaucamiento, ocho de difusión pornográfica a menores de edad, tres delitos de elaboración de material pornográfico infantil agravados y un delito de exhibicionismo.
Para el TSJA queda probado que el condenado fue monitor de cabañas en un campamento en Ronda (Málaga), dónde tuvo a su cargo a 47 menores de edad de entre 10 y 17 años, realizando también labores de enfermería en ediciones anteriores de dicho campamento.
«Con motivo de esta actividad de tiempo libre, el acusado generó lazos de confianza con los menores, teniendo hasta tal punto ganada la confianza de los mimos que les solicitó sus teléfonos y datos de contacto para poder chatear por las aplicaciones WhatsApp e Instagram durante los meses en que no se vieran personalmente», asevera el fallo.
Una vez finalizado el campamento y con «fines exclusivamente libidinosos», les solicitó fotografías desnudos o de sus partes íntimas -que en algunos casos obtuvo-, les hacía preguntas de índole sexual y les remitía vídeos o imágenes suyas o de otras personas de carácter sexual.
Tras el registro llevado a cabo el 6 de febrero de 2017 en su casa de San Fernando (Cádiz) se intervinieron diversos dispositivos electrónicos en los que había fotos de personas desnudas que fueron utilizadas por el acusado para tratar de conseguir imágenes y vídeos de los menores desnudos mediante propuestas de intercambio.
«En dichos dispositivos electrónicos había fotografías de personas desnudas, que fueron utilizadas por el acusado para tratar de conseguir, mediante propuesta de intercambio, imágenes y vídeos de las personas desnudas», añade.
Además de las penas de prisión, al hombre le han sido impuestas diferentes indemnizaciones a los menores afectados, así como la inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier oficio sea o no retribuido que conlleve contacto con menores y la medida de libertad vigilada.