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Viernes 15/11/2024
 
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Málaga

¿Quiénes cuidan a los que nos atienden a los demás?

El Sindicato de Enfermería SATSE denuncia que hay profesionales sanitarios que en 10 años no han sido citados para un reconocimiento médico

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  • HOSPITAL CLÍNICO. -
  • Más de 3000 profesionales del Hospital Clínico no cuentan con vigilancia de la salud

El Sindicato de enferería Satse denunció este miércoles mediante un comunicado que la vigilancia de la salud de los profesionales del  Hospital ClínicoVirgen de la Victoria, que suman una cifra cercana a los 3200 trabajadores, así como los profesionales del Distrito Sanitario Costa del Sol, que son aproximadamente 955 y que también son atendidos en este centro, “en tiempos de recortes y sobrecarga laboral por la escasez de recursos, están descuidados en lo referente a salud en sus puestos de trabajo ante la inexistencia de una Unidad Básica de Salud en el centro”. Explican en el miso doucmento que ya se ha puesto en marcha en otros centros del SAS estas unidades de Vigilancia  de   la   Salud,  dotándolas   de   los   profesionales competentes   para realizar esta actividad (un médico del trabajo y un especialista de Enfermería del Trabajo por Unidad / 2000 trabajadores).

El Hospital, añaden, lanzó una convocatoria para cubrir un puesto de Médico del Trabajo en enero de este año, así como una convocatoria de Especialista de Enfermería del Trabajo en el mes de Febrero. Resueltas ambas convocatorias, después de realizarse los correspondientes procesos selectivos   y   con   candidatos designados, SATSE lamenta que todavía  no se haya puesto en marcha dicha Unidad y denuncia que la creación de la misma no genere dos nuevos puestos de trabajo que incrementen las plantillas del Hospital.

La vigilancia de la salud es una parte de la planificación de la actividad preventiva de toda empresa que está en la obligación de velar por la seguridad y salud de sus profesionales en sus puestos de trabajo. Ya en el año 1997 se publicó en el BOE un  Real Decreto (RD 39/1997) que aprobaba y  regulaba el Reglamento de los Servicios de Prevención; a su vez en el 2011 se concretaba con otro Real Decreto (RD 843/2011) los criterios básicos  sobre  la organización de  recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención.
 

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