El Juzgado de lo Penal número 7 de Málaga ha condenado al exalcalde de la localidad malagueña de Alozaina Antonio Blanco por aprobar, tres días antes de entrar en vigor la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), la concesión de 37 licencias de obras en suelo no urbanizable "sin documentación ni procedimiento alguno", además de contar con informes negativos de los técnicos.
Así, se condena a Blanco --que era de IU-- por un delito de prevaricación urbanística con la atenuante de dilaciones indebidas, y se le impone 10 años de inhabilitación especial para el ejercicio de empleo o cargo público de carácter electivo y 10 meses de prisión, que se sustituyen por 20 meses de multa con una cuota de ocho euros al día, lo que supone 4.800 euros.
Según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en enero de 2003, el entonces alcalde junto a un concejal, ya fallecido, concedieron en comisión de gobierno 37 licencias de obras. En concreto, fueron 21 permisos para 26 viviendas unifamiliares aisladas, todo en suelo no urbanizable según toda la normativa y los instrumentos de planeamientos urbanísticos.
La resolución apunta que los acuerdos adoptados fueron aprobados en una sesión posterior, "por tanto una vez en vigor dicha ley cuya aplicación se pretendía eludir", aunque se añade que los requisitos de la concesión de licencia de obras en suelo no urbanizable "no variaban fundamentalmente" respecto a los que existían con anterioridad.
Se indica que "nos atengamos al régimen jurídico anterior como al posterior a la LOUA, las acciones del alcalde prescindieron deliberadamente de todos los procedimientos legalmente previstos para la concesión de licencias de obras para viviendas unifamiliares aisladas en suelo no urbanizable, contando incluso con informes desfavorables del técnico municipal y del secretario".
Al inicio del juicio, el acusado y su defensa se mostraron de acuerdo con el relato de hechos realizado por el fiscal y la acusación particular, así como con la calificación jurídica de los hechos y las penas solicitadas, por lo que se dicta una sentencia de conformidad que es firme ya que todas las partes expresaron su deseo de no recurrir.