La Consejería de Justicia de la Junta de Andalucía adeuda a los depositarios judiciales del Campo de Gibraltar un montante que ronda los 45 millones de euros, cantidad distribuida entre las empresas Grúas Ayudauto, Grúas Prieto, Grúas Arquería y Villalobos Asistencia.
Por esta circunstancias, las citadas firmas dejaron de prestar sus servicios desde el pasado 1 de agosto, según aseguró ayer la portavoz del colectivo, Estela Villalobos “hasta que consigamos mantener una reunión con la Junta para poder llegar a un acuerdo encaminado al abono de lo adeudado”.
Las empresas se dedican “a retirar los vehículos (automóviles, camiones, autobuses y otros elementos, como hidropedales) y los alojan en sus depósitos”, desde el año 1990.
Villalobos recordó que la Consejería “tiene acordado que, hasta que los vehículos no salgan de nuestras instalaciones no hace frente al pago de los servicios”.
La portavoz de los depositarios dijo que están dispuestos “a buscar un acuerdo para prorrogar los pagos” pero, “si no obtenemos respuesta a finales del próximo mes de septiembre recurriremos a la vía judicial, porque la Junta es consciente de que tenemos documentación suficiente para ganar un recurso contencioso administrativo”.
Mientras, según puso de manifiesto, “Grúas Arquería se ha visto obligada a cerrar por la falta de pago de las cantidades adeudadas y en las demás empresas la situación es caótica”.
Villalobos aseveró que la situación está originando “una saturación en los depósitos de la ciudad algecireña”, puesto que ahora son la Guardia Civil, la Policía Nacional o la Policía Portuaria “los que están acogiendo los vehículos en sus instalaciones que están casi al completo”. Incluso, añadió “se ha dado el caso de que policías nacionales han tenido que estar custodiando durante toda la noche un vehículo intervenido”.
La portavoz de los depositarios manifestó que los vehículos implicados en operaciones judiciales “salen de los depósitos, bien por pago de su dueño o sin cargos, en cuyo caso lo retira la Consejería”.
“El problema es que mientras que antes los dueños pagaban en casi todos los casos, ahora casi el 90 por ciento salen con la coletilla de sin cargos”, añadió.
Al respecto, Estela Villalobos destacó que el acuerdo de facturación firmado en 2002 con las instituciones “sólo requería un documento de entrada firmado y sellado por la Guardia Civil, uno de salida resultante de una orden judicial”.
Mientras, “ahora también nos piden documentos que tenemos que recopilar en los juzgados y que, aunque colaboran, no nos pueden facilitar a menudo porque, como en el caso de los menores, rallaría en la ilegalidad”.
4.303 destruídos
Villalobos destacó la importancia de este servicio en la comarca, donde “durante una semana se puede superar el centenar”. La media de permanencia de los vehículos en los depósitos es “de 10 años y son 4.303 los que fueron destruidos con autorización judicial entre 2007 y 2009”.
Por tanto, añadió Villalobos, “se supone que ahora nos pagarían esos 4.303 vehículos después de todas las reuniones que hemos tenido”.
Por último, al ser preguntados, los depositarios no dieron una cifra global, pero apuntaron que, por ejemplo, el cobro por el depósito de los ciclomotores es de 1,5 euros diarios y el de turismos de 3,6 euros.
Respuesta Consejería
La Consejería de Justicia y Administración Pública, junto con el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, la Fiscalía Superior y la Secretaría de Gobierno, “ultima la redacción de un Protocolo de Depósitos Judiciales para establecer los criterios de colaboración y coordinación que permitan mejorar su gestión y optimizar los recursos presupuestarios disponibles para tal fin”. Para la redacción del documento “se han mantenido distintas reuniones con las entidades en cuyas dependencias hay vehículos depositados”.
Con ello se persigue “dar el destino legal de forma eficaz y rápida al mayor número de efectos judiciales posibles, pero también determinar con los depositarios el alcance real de la deuda reclamada”.
La Consejería de Justicia recuerda que “pertenece al ámbito jurisdiccional, es decir, a los jueces y magistrados, acordar el destino que deba darse a los efectos intervenidos en el transcurso de los procedimientos judiciales”, si bien las propias normas penales y procesales “contienen la previsión de la realización anticipada en determinados supuestos”. Además, “no en todo los supuestos corresponde a la Consejería de Justicia y Administración Pública afrontar el abono de los costes derivados del depósito, como sucede cuando hay una condena en costas al acusado o demandado y posibilidad de hacerla efectiva”.
De este modo, y dado el elevado coste que supone para los presupuestos públicos destinados a la Administración de Justicia el depósito en lugares apropiados de vehículos, aeronaves, embarcaciones y otras piezas intervenidas de carácter similar, “es necesario un esfuerzo conjunto por arbitrar mecanismos, bajo el respeto a la independencia judicial”, para que en aquéllos casos en los que “ya no resulte necesario, a efectos del procedimiento judicial, el mantenimiento del efecto en el depósito, o carezca de valor, bien por haberse depreciado por el tiempo o por superar el coste del depósito a aquel, se proceda con carácter inmediato a darle el destino legal que corresponda”, con el consiguiente ahorro que ello supone y la posibilidad de destinar el mismo a necesidades de Administración de Justicia”.