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Miércoles 13/11/2024
 
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Huelva

La Justicia condena a Mercadona por un cambio de horario y turno

Segunda batalla que gana Raúl Llanes a la empresa alimenticia tras denunciar la “persecución” que estaba sufriendo en Aljaraque

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  • Raúl limpia los exteriores de Mercadona -

Primero fue la Dirección General de la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social, y ahora ha sido el Juzgado de lo Social número 1 de Huelva el que también le ha dado la razón a Raúl Llanes en su batalla emprendida contra Mercadona para hacer valer sus derechos y defenderse de lo que consideraba una “persecución” laboral.

Así, dicho juzgado condena a la empresa alimenticia a “reponer al demandante en sus anteriores condiciones de trabajo”, tras interponer este trabajador del  centro de Aljaraque una demanda por la modificación sustancial de los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, al decidir la empresa modificar unilateralmente sus horarios de reducción de jornada que había solicitado y le habían sido concedidos para poder ocuparse del cuidado de su hija.

Tras este cambio, como ya adelantó Viva Huelva, las consecuencias fueron inmediatas, ya que la mujer de Llanes trabaja en el mismo Mercadona que él, y con los nuevos turnos coincidía con ella, de manera que tuvieron que contratar a una niñera para hacerse cargo de su hija.

La reducción de jornada se empezó a aplicar, sin problemas, desde el año 2009, pero el 18 de junio de 2012, el coordinador decide cambiar ese turno por “cuestiones organizativas debidas a mayor afluencia de clientes en el tramo de tarde en el supermercado”.

De hecho, durante el juicio, celebrado el pasado mes de enero, Mercadona se amparó “en la facultad de distribución de jornada reconocida en el convenio colectivo”, como así recoge la sentencia. Sin embargo, la juez titular del Social 1 estima que el cambio de turno y horario “no puede alcanzar a los derechos de los trabajadores que, como el demandante, tengan ya establecida una jornada reducida por razones familiares, pues admitir lo contrario implicaría que dicho derecho individual y legal podría disponerse en convenio colectivo”.

Por ello, la sentencia, que es firme, declara “no ajustado a derecho el cambio de horario y turnos”, y obliga a la Mercadona a “reponer al demandante en sus anteriores condiciones de trabajo que venía disfrutando desde el 1 de octubre de 2009”, algo que la empresa ya ha hecho.

Valoración
Para Llanes, esta sentencia viene a demostrar que tenía “razón” en todo lo que denunció y espera que sirva de ejemplo para que “cualquier trabajador que crea que están vulnerando sus derechos, siga luchando, porque la Justicia es lenta, pero llega”.

Todavía tiene pendiente otro juicio por una sanción que le puso la empresa por, supuestamente, irse tres minutos antes de su puesto de trabajo. Aunque se trata simplemente de una amonestación escrita, Llanes llegará hasta el final porque “quiero que mi expediente siga limpio”.

En cambio, aunque tras las dos actas de infracción levantadas por la Inspección de Trabajo podría haber exigido daños y perjuicios en los tribunales, prefiere que las aguas vuelvan a su cauce, ya que ahora mismo “todo está bien en el trabajo y muy tranquilo”.

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