El esclarecimiento del doble crimen de Almonte
continúa a la espera de las pruebas que el Instituto Nacional de Toxicología está realizando a una manta, cinco años después de que el único acusado por la causa fuera declarado no culpable por un jurado popular. Tras ello, éste solicitó en 2020 una indemnización por el tiempo que pasó en prisión, por la cual podría recibir hasta un máximo de algo más de 68.000 euros, según las primeras estimaciones.
Así las cosas, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de La Palma del Condado
ordenó la reapertura de la causa de los asesinatos de Miguel Ángel y María tras la ratificación del Tribunal Supremo de la absolución del único acusado, al tiempo que un nuevo equipo de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil se puso al frente de la nueva investigación.
Este mismo juzgado acordó el pasado mes de julio la
prórroga de otros seis meses más de la instrucción, dado a que la Fiscalía y la acusación particular la solicitaron "por que hay determinados preceptos que posibilitaban la misma", ya que "las pruebas de toxicología, de una manta, "podrían determinar la autoría de la persona", según apuntó el abogado de la familia.
Por otro lado, Aníbal Domínguez, tío y hermano de los fallecidos,
se ha mostrado también "esperanzado" por esta nueva ampliación, pero ha asegurado que la familia sigue esperando de "forma inminente" el análisis de la manta por parte de Toxicología porque "puede ser determinante para el caso".
Al respecto, sobre la manta que analiza el Instituto Nacional de Toxicología, en un auto emitido el pasado mes de diciembre se remarcaba que
se trata de "una evidencia de grandes dimensiones, una manta de 2,40 por 1,60 metros en la que se les solicitó la búsqueda de posibles restos celulares ajenos a las víctimas".
Además, señalaban que "se ha llevado a cabo una selección minuciosa, dando como
resultado un elevado número de muestras para llevar a cabo los correspondientes análisis", por lo que, una vez finalizados, se emitirá el informe.
CINCO AÑOS DE LA ABSOLUCIÓN
Este jueves se cumplen cinco años desde que el jurado popular, después de un mes de juicio,
declarase no culpable a F.J.M., único acusado por los asesinatos de Miguel Ángel y María en abril de 2013. De hecho, ingresó en la cárcel de forma preventiva en junio de 2014.
Al respecto, la magistrada presidenta del tribunal del jurado popular, Carmen Ornald, dictó la correspondiente sentencia absolutoria al considerar que el veredicto del jurado popular estaba "motivado suficiente y razonadamente" por cuanto "contiene los elementos y razones de juicio que permiten conocer cuáles han sido los criterios que fundamentan la decisión de inculpabilidad".
En dicha sentencia,
la magistrada presidenta argumentó "falta de prueba de cargo suficiente conforme al entender de los miembros del jurado", así como señaló que los elementos probatorios en que se apoyaron las hipótesis acusatorias "no son suficientes para afirmar la participación del acusado en las muertes violentas de las víctimas, sin margen de duda razonable, frente a su versión exculpatoria".
La jueza explicaba entonces que la conclusión a la que llega el jurado es que el acusado no es el autor de los hechos "no solo porque no se deduce una concatenación lógica de las circunstancias necesarias para abonar las tesis inculpatorias, sino porque de la prolija prueba realizada a lo largo de las sesiones del juicio oral
conceden credibilidad a dos testigos que afirman la presencia del acusado en su puesto de trabajo en la hora estimada de los luctuosos hechos, según los mensajes de Whatsapp de una vecina del inmueble donde sucedieron y de la data media de la hora de las muertes informada por los médicos forenses".
Asimismo, remarcó que
los jurados han valorado la importante prueba pericial emitida por el Instituto Nacional de Toxicología y, "conforme a la literalidad de las conclusiones de los expertos, no pueden determinar que la transferencia del ADN compatible con el del acusado se haya producido por vía directa y no por vía indirecta o secundaria" en las tres toallas que se encontraron en la vivienda de los hechos.
Las familias de las víctimas
presentaron diferentes recursos de apelación, pero la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirmó en diciembre de 2018, a su vez, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que, al igual que la del Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Huelva, lo absolvió.
INDEMNIZACIÓN
Tras esta sentencia,
el ya absuelto comenzó el procedimiento para la reclamación de la indemnización a cargo del Estado por el funcionamiento de la justicia en julio de 2020, un procedimiento que aún no ha llegado a término, según ha confirmado a Europa Press su abogado Juan Ángel Rivera Zarandieta, ya que "estos procesos suele dilatarse en el tiempo y tardan en resolverse".
De este modo, el Ministerio de Justicia de cara a instruir el correspondiente expediente solicitó a la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva la remisión de forma "urgente" del testimonio de las actuaciones judiciales.
F.J.M. podría aspirar, según estimaciones realizadas en un primer momento, a un máximo de 57 euros por cada uno de los días que pasó privado de libertad, de manera que
podría percibir 68.229 euros, aunque será el Ministerio de Justicia el que determine la cuantía exacta si acepta el recurso.
Por su parte, las familias de María y Miguel Ángel en cuanto a la indemnización, se mantienen en el llamamiento que realizaron en su momento al Ministerio de Justicia para que "aplique las leyes en su justa medida y rechace fulminantemente" el intento del absuelto por el doble crimen de recibir una indemnización, ya que
les parece "un golpe más de burlarse, humillar y ofender a estas familias, además de que supondría un pisoteo escandaloso sobre la sangre de las víctimas".