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Sábado 09/11/2024
 

España

La JEC recuerda que los interventores no pueden ir a los colegios electorales con camisetas de sus partidos

Esta es la respuesta que ha remitido el organismo arbitral a la consulta realizada en este sentido por la representante general de la Chunta Aragonesista

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La Junta Electoral Central (JEC) recuerda, ante la jornada electoral del próximo 24 de mayo, que los interventores y apoderados de los partidos políticos no puede lucir camisetas con el logo de las formaciones a las que representan ni dentro de los colegios electorales ni en sus inmediaciones.

   Esta es la respuesta que ha remitido el organismo arbitral a la consulta realizada en este sentido por la representante general de la Chunta Aragonesista, quien preguntó si sus interventores, apoderados y votantes podrían portar camisetas con los logos de la formación en los locales de votación.

   En su resolución, recogida por Europa Press, la JEC subraya que ya tiene "reiteradamente declarado" que los interventores y apoderados pueden ostentar emblemas o adhesivos con el nombre y siglas del partido o coalición a la que representan, acompañados de la palabra interventor y apoderado, "a los puros efectos de identificación".

   Esa identificación, recalca el organismo arbitral, "ha de ser simple" y, en consecuencia, no podrán "llevar camisetas con las siglas, denominación o logo de la formación política en tamaño que abarque la propia camiseta".

   Además, la Junta Electoral recuerda que el artículo 93 de la Ley Electoral prohíbe que "ni en los locales electorales ni en las inmediaciones se pueda realizar propaganda electoral de ningún género", por lo que también está prohibido portar camisetas con la denominación, el logo o las siglas de una formación política, en estos lugares.

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