Así lo ha acordado el Juzgado Central de lo contencioso-administrativo número 7 de este tribunal en una sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, que anula la resolución dictada por el Ministerio de Fomento en la que se rechazaba indemnizar a los padres del joven con la citada cantidad.
El siniestro que acabó con su vida tuvo lugar el 8 de abril de 2005 en el kilómetro 308 de la N-IV (carretera de Andalucía), cuando se dirigía hacia la localidad gaditana de Jerez de la Frontera para presenciar las pruebas del campeonato del mundo de motociclismo.
En ese punto, coincidente con un tramo curvo hacia la derecha de la calzada, fue donde el joven “cayó de la motocicleta y se deslizó sobre el pavimento pasando por debajo de la valla de seguridad y quedando tendido en la cuneta”, lo que le provocó unas lesiones que causaron su muerte.
La sentencia, contra la que no cabe recurso, destaca que los “únicos datos objetivos” sobre las circunstancias del siniestro son los recogidos en el atestado policial donde se indica que “se podría dar la circunstancia” de que la moto hubiera perdido adherencia sobre la señal pintada en la vía, “pero no existe prueba alguna que acredite que ello ocurriera”.