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Finaliza sin avenencia el acto de conciliación en el Cemac por el despido de Regla Pereira

Ésta cuenta a partir de ahora con un periodo hábil en el cual interpondrá demanda en el Juzgado de lo Social por la decisión de la empresa.

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 El acto acogido este lunes por el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (Cemac) entre la sociedad gestora del mercado central de abastos hispalense, Mercasevilla, y la que fuera coordinadora de proyectos de la ya extinta Fundación Socioasistencial del mercado central de abastos, María Regla Pereira, a cuenta de la papeleta de conciliación promovida por ésta contra su reciente despido --que reclama sea declarado "nulo o subsidiariamente improcedente"-- por su papel en el presunto intento de cobro de comisiones ilegales protagonizado en 2009 por los exdirectivos de Mercasevilla Fernando Mellet y Daniel Ponce, ha finalizado sin avenencia.

Así lo ha confirmado a Europa Press su representación jurídica, que ha añadido que, tal y como ocurriera en el caso de Daniel Ponce --que ha protagonizado una situación similar a la de Pereira, con un acto en el Cemac que finalizó sin avenencia el pasado viernes--, ésta cuenta a partir de ahora con un periodo hábil en el cual interpondrá demanda en el Juzgado de lo Social por la decisión de la empresa.

La juez Mercedes Alaya, titular del Juzgado de Instrucción número 6, ha abierto ya juicio oral contra los cuatro acusados por este presunto delito de cohecho, entre ellos la propia María Regla Pereira, que en su papeleta de conciliación manifiesta que su reciente despido a manos del nuevo director de la sociedad mixta Mercasevilla, Manuel Blanco, "no se ajusta a derecho", por lo que los letrados piden que dicho despido sea declarado "nulo o subsidiariamente improcedente".

Los acusados, que se enfrentan a un juicio oral mediante un jurado popular, son Ponce, Mellet, la excoordinadora de proyectos de Mercasevilla María Regla Pereira y el otrora delegado provincial de la Consejería de Empleo Antonio Rivas. Para ellos, la Fiscalía reclama una sanción de 900.000 euros y la suspensión de empleo o cargo público, por un periodo de 21 meses, a cuenta de un presunto delito de cohecho.

"La imputación formal en un procedimiento penal como autor de un delito de cohecho no puede ser insignificante desde el punto de vista de las relaciones laborales, por cuanto las conductas objeto de imputación penal mediante el auto de apertura de juicio oral constituyen una transgresión de la buena fe contractual", señala el documento que resuelve los despidos de Ponce y María Regla Pereira. En ese mismo sentido, la directiva de Mercasevilla avisa en este documento recogido por Europa Press, de que "estos hechos que se le imputan son constitutivos de faltas laborales muy graves, consistentes en abuso de confianza, deslealtad a la empresa y transgresión de la buena fe contractual tipificados en el convenio colectivo".

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