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Viernes 15/11/2024
 

Córdoba

Absuelto un acusado de lesiones y maltrato a su pareja por falta de pruebas

Cabe destacar que la Fiscalía y la acusación particular solicitaban para el hombre penas que sumaban unos cinco años de prisión, mientras que la defensa pidió la absolución

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El Juzgado de lo Penal número 2 de Córdoba ha dictado una sentencia por la que absuelve a un hombre que estaba acusado de dos delitos de lesiones, otro de coacciones y otro de maltrato habitual en el ámbito familiar, supuestamente cometidos sobre su pareja, si bien a tal efecto el juez considera que "no existe prueba suficiente" para la condena.

   Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el procesado ha mantenido "una relación análoga a la matrimonial" con una mujer, de la que nacieron dos hijos comunes. En un momento dado, la mujer lo denunció, señalando que "desde el inicio de la relación y más aún desde aproximadamente el año 2006, el acusado, de forma habitual, se portaba de forma agresiva" con ella, "agrediendo, insultando, humillando y vejando".

   Igualmente, indicaba que un día de julio de 2010 la telefoneó y el dijo que la iba a matar. No obstante, según el magistrado, "no se ha acreditado la veracidad de los hechos denunciados", todo ello "tras una valoración en conciencia" de la prueba practicada en el acto del juicio y de las actuaciones.

   Al respecto, el juez apunta a "la escasa credibilidad del testimonio de la denunciante", que "se ha introducido mediante su lectura, pues la misma se encuentra fuera de España, lo que lo hace aún menos valorable como prueba", a lo que añade que el testimonio "ya es descartado" al valorar la prueba de la Unidad de Violencia de Género, que alude a su "escasa credibilidad y a la existencia de una situación de dificultades para la resolución de conflictos entre la pareja, muy alejada de una situación de violencia de género".

   Además, el magistrado advierte de "la evidente situación de conflicto entre las partes, derivada de la separación y de los problemas con los hijos comunes", de modo que "la situación de duda viene a hacerse más manifiesta". En definitiva, apunta que "ante la duda, más que razonable, que deriva del conjunto de circunstancias y de la escasa contundencia y detalle del testimonio incriminatorio la solución ha de ser absolutoria".

   Cabe destacar que la Fiscalía y la acusación particular solicitaban para el hombre penas que sumaban unos cinco años de prisión, mientras que la defensa pidió la absolución.

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