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Jueves 14/11/2024
 

Córdoba

El Ayuntamiento cree que con "medidas correctoras" algunas parcelas inundables podrían tener servicios básicos

Los grupos aprueban en el Pleno el inventario sobre los asentamientos en suelo no urbanizable para el decreto de la Junta

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El concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Córdoba, Luis Martín, considera que realizando "medidas correctoras", como canalizaciones, algunas de las parcelas ubicadas en terrenos inundables de la capital, como parte de La Altea o de Guadalvalle, podrían "acceder a servicios" básicos, aunque destaca que "otra cosa" son las que se encuentran en el cauce del río Guadalquivir.

   En declaraciones a los periodistas, el también presidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo ha manifestado que "en las parcelas del Aeropuerto que se han inundado habría que distinguir entre suelo indundable y suelo que está en cauce", como en el caso de parte de Guadalvalle que "es de muy difícil solución la dotación de servicios".

   Al respecto, considera que "el hecho de que sea suelo inundable no significa que se esté estigmatizado para nunca poder desarrollarlo", de modo que "a lo mejor ese suelo indundable si canalizas el arroyo o haces una obra de mejora de defensa", pues "se evita la inundabilidad". Por tanto, sostiene que "manteniendo ese carácter del suelo, porque no se trata de que simplemente desaparezca como tierra de protección, se pudiera acceder a servicios".

   En este sentido, destaca que "cuando se hace toda la construcción de Arroyo del Moro, uno de los requisitos que se piden para construir bloques y viviendas es la canalización del arroyo", e "indudablemente si no se canaliza el arroyo no se puede construir".

   Precisamente, los grupos municipales han aprobado este miércoles en el Pleno Extraordinario el inventario sobre los asentamientos en suelo no urbanizable de la capital para el decreto a tal efecto de la Junta de Andalucía, y que, según apunta el edil de Urbanismo, "hay una excepción a la dotación de servicios, que es el suelo especialmente protegido, inundable o que tenga riesgo de incendio", pero es "susceptible de interpretación", porque "permaneciendo la protección en el suelo, con carácter no urbanizable, existe algún tipo de territorio en el que se podría realizar, mediante un plan especial de mejora del medio rural, la dotación de los servicios mínimos, como es el caso del suelo de Medina Azahara".
MÁS DE 3.000 HECTÁREAS DE PARCELAS EN SUELO NO URBANIZABLE

   En concreto, el inventario para la regularización de las edificaciones en suelo no urbanizable recoge 96 núcleos contabilizados en la capital, que ocupan una superficie de más de 3.000 hectáreas, con un total de 4.334 viviendas, de las que el 60 por ciento (2.554) se encuentran ubicadas en 56 asentamientos urbanísticos que ocupan 559 hectáreas.

   También hay un 37 por ciento de las viviendas (1.641) que se consideran construcciones aisladas y están repartidas en 36 núcleos localizados en 2.430 hectáreas, principalmente en la sierra. Mientras, Urbanismo solo ha identificado un tres por ciento de las edificaciones (139) en cinco hábitat rurales diseminados, que es la tercera figura que contempla el decreto de la Junta, y que ocupan 19 hectáreas y son asentamientos históricos.

   Al hilo de ello, Luis Martín explica que "una vez que salga a exposición pública" y "si resulta aprobado definitivamente por parte de la Junta el avance de inventario, estaríamos ante la posibilidad de trabajar en la dotación de servicios para el suelo no urbanizable". Y aunque el informe "depende de la Junta", a su juicio, "no debe haber ningún cambio porque el avance de inventario lo que hace es una foto fija de la realidad existente que prevé todo el tipo de suelo no urbanizable, que no estaba recogido en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU)".

   También en el Pleno, se ha aprobado una moción conjunta de los cuatro grupos municipales para pedir a la Junta que prorrogue el plazo de un año para la dotación de servicios básicos de carácter provisional, al tiempo que solicita que se limiten los requisitos contemplados en la disposición transitoria tercera de la modificación de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).

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