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Sábado 30/11/2024
 
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Andalucía

Condenan al exalcalde de Casarabonela por prevaricación urbanística

El Juzgado de lo Penal número 14 de Málaga ha condenado al exalcalde de la localidad malagueña de Casarabonela Sebastián Gómez a una pena de nueve años de inhabilitación y multa por un delito continuado de prevaricación urbanística

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El Juzgado de lo Penal número 14 de Málaga ha condenado al exalcalde de la localidad malagueña de Casarabonela Sebastián Gómez a una pena de nueve años de inhabilitación y multa por un delito continuado de prevaricación urbanística, según han confirmado a Europa Press fuentes del caso.

   Inicialmente, la Fiscalía de Málaga acusó a Gómez por delito de prevaricación urbanística por acción o por omisión en relación con 10 expedientes de obras entre 2004 y 2005 para actuaciones en suelo no urbanizable, donde, según el fiscal, se hicieron construcciones diferentes.

   Finalmente, el representante del ministerio público retiró la acusación respecto de dos de los expedientes, aunque mantuvo la petición de dos años de prisión e inhabilitación especial para desempeñar el cargo de alcalde o concejal durante un periodo de 10 años.

   Ahora, según las fuentes, la jueza ha considerado probado que en tres de los proyectos existen irregularidades y le ha impuesto una pena de nueve años de inhabilitación y multa de 5.400 euros. También ha condenado a multa e inhabilitación a la que fuera arquitecta municipal, acusada por el mismo delito.

   Desde la defensa del exregidor han manifestado, en declaraciones a Europa Press, que presentarán un recurso que tendrá que resolver la Audiencia de Málaga. En su declaración, Gómez dijo que "nunca" quisieron eludir el control y que intentaron asesorarse para poder resolver las demandas de los ciudadanos.

   Aseguró que no tuvo advertencia de ilegalidad para conceder licencias para ampliar, reformar casas o para almacenes de aperos, insistiendo en que no eran licencia para nueva planta. Además, señaló que "siempre" entendieron estos expedientes como de obra menor y que siguieron las directrices de la Junta de Andalucía en cuanto a planes de actuación en pequeñas ampliaciones.

   El fiscal, por su parte, consideró que éste conocía los requisitos legales para la construcción en el campo y "urdió un modo de sortearlos y dar apariencia legal a sus resoluciones", facilitando "la construcción y ampliación de viviendas de recreo y otros usos desvinculados de explotaciones agrícolas o ganaderas".

   Para ello, además, el ministerio público sostuvo que el acusado contrató a la arquitecta municipal, que también fue acusada y juzgada, para "poder controlar e indicarle el sentido de los informes".

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