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Sábado 30/11/2024
 
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Andalucía

La Junta autoriza recurrir al TC el decreto sobre los horarios comerciales

Por considerar que los artículos 27 y 28 de esta norma estatal "vulneran y dejan sin contenido" competencias autonómicas sobre horarios, rebajas y ordenación del comercio minorista, además de "suponer un perjuicio para las pymes comerciales de la comunidad"

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El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha autorizado este martes la interposición de un recurso ante el Tribunal Constitucional contra el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad por considerar que los artículos 27 y 28 de esta norma estatal "vulneran y dejan sin contenido" competencias autonómicas sobre horarios, rebajas y ordenación del comercio minorista, además de "suponer un perjuicio para las pymes comerciales de la comunidad".

   Junto con estas disposiciones, la Junta recurrirá también el artículo 8 del Real Decreto-Ley, que altera el marco competencial al fijar "unilateralmente" el régimen de vacaciones y permisos de los empleados públicos en todas las comunidades autónomas. Según el Ejecutivo andaluz, esta regulación no sólo "merma derechos laborales reconocidos hasta ahora", especialmente en lo referido a permisos por maternidad (cuatro semanas menos que en Andalucía), sino que también "vacía de contenido" las competencias autonómicas de desarrollo legislativo y ejecución de la normativa básica.

   Se trata del tercer recurso de inconstitucionalidad contra medidas del Gobierno de la Nación anunciado por el Ejecutivo que preside José Antonio Griñán desde el pasado mes de julio tras los relativos a los recortes en materia de sanidad y educación.

   Respecto al sector comercial, el Ejecutivo andaluz impugnará el artículo 27 del Real Decreto-Ley, que modifica diversos preceptos de la Ley 1/2004 de Horarios Comerciales para introducir un alto grado de concreción en su regulación. Según el Consejo de Gobierno, este nivel de detalle, que sólo se justifica en el caso de competencias exclusivas y directas, supone una "extralimitación" que deja sin margen a la comunidad para determinar los domingos y festivos de libre apertura y la declaración de zonas de gran afluencia turística a efectos de horarios.

   Para la Junta, similar invasión competencial supone el artículo 28 de la norma estatal. Este precepto será recurrido por introducir medidas de liberalización en materia de rebajas que rompen el actual modelo comercial y que, en cualquier caso, sólo corresponderían a la comunidad autónoma.

   El consejero de Turismo y Comercio, Rafael Rodríguez, ha manifestado en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno que la Junta presenta el recurso en defensa, por un lado, de los intereses de los pequeños y medianos comerciantes, un sector por el que se ha apostado de manera decidida como elemento fundamental en la estructura económica y en la fisonomía de las ciudades y pueblos andaluces, y, por otro lado, del Estatuto de Autonomía y de las competencias exclusivas de la comunidad en esta materia.

"A LOS PIES DE LOS CABALLOS"

   Tras defender el modelo que ha venido funcionando hasta ahora correctamente, fruto del acuerdo y el consenso con los sectores implicados en el ámbito comercial, Rodríguez ha expresado su preocupación por que el Ejecutivo nacional quiera implantar un modelo que responde al "dictado" de los grandes establecimientos comerciales y de las multinacionales y que pone a los pequeños y medianos comerciantes a los "pies de los caballos".  

   Ha recordado que el Tribunal Constitucional, en sentencias anteriores, ya ha establecido límites teóricos a la competencia del Estado sobre la ordenación general de la economía.

   Además de la invasión de competencias, la Junta también advierte de la posible vulneración del artículo 86.1 de la Constitución Española por el uso "abusivo, arbitrario e inadecuado" del instrumento del Real Decreto-Ley por parte del Gobierno para tratar de regular un asunto como este, sin que se den circunstancias de "extraordinaria y urgente necesidad".

   Además, el Gobierno andaluz señala que el supuesto de extraordinaria y urgente necesidad también queda invalidado por la demora que la propia norma estatal hace, hasta 2013, de la aplicación del nuevo régimen de calendarios de apertura de comercios y de rebajas.

   El consejero ha expuesto que la medida del Real Decreto-Ley fijando en 90 el número de horas de apertura semanal de los establecimientos comerciales en días laborables y en la horquilla de 10-16 la cifra de los domingos y festivos autorizados beneficia a las grandes superficies en perjuicio del pequeño comercio.

   Asimismo, ha apuntado que contrasta con las 72 horas y ocho festivos establecidos, respectivamente, por la vigente Ley de Comercio Interior de Andalucía, norma que garantiza también la libertad horaria para los locales de menos de 300 metros cuadrados (más del 97 por ciento), las tiendas de conveniencia, los establecimientos de estaciones y aeropuertos y los establecimientos de los 24 municipios andaluces declarados zonas de gran afluencia turística a efectos de horarios.

   Frente al carácter voluntario que presenta en Andalucía esta última figura de liberalización, el Real Decreto-Ley impone a la Junta la obligación de declarar zonas de gran afluencia turística a todas aquellas ciudades con más de 200.000 habitantes que alcancen el millón de pernoctaciones o reciban más de 400.000 cruceristas en un año, independientemente de la solicitud de los correspondientes ayuntamientos. En el caso andaluz, la medida supondrá la declaración de Córdoba, Granada, Málaga y Sevilla.

   En cuanto a las rebajas, la Junta considera que también perjudica al comercio minorista el hecho de que la norma estatal permita a los comerciantes determinar libremente los periodos y su duración, que hasta ahora estaban regulados y restringidos a dos anuales, uno en verano y otro en invierno.

   El sector comercial representa el 10 por ciento del Producto Interior Bruto regional, aglutina a casi 184.400 establecimientos (pymes en un 94 por ciento) y ocupa a 452.300 personas (el 16,3 por ciento de la población ocupada andaluza), con una fuerte presencia del autoempleo y del empleo femenino.

   Respecto al asunto de los empleados públicos, el portavoz del Gobierno andaluz, Miguel Ángel Vázquez, de acuerdo con la doctrina del Tribunal Constitucional, las bases aprobadas por el Estado deben conectarse con las atribuciones de las comunidades autónomas, por lo que la fijación unilateral de un régimen único y uniforme para todas las administraciones supone una clara alteración del marco competencial.

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