El Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid ha reabierto la causa al exdiputado de Sumar Íñigo Errejón por presunta agresión sexual y ha citado al investigado y la denunciante para el próximo 16 de enero, en un auto en el que advierte a esta última de que su letrada deberá estar de alta y personada para ese día, o tendrá que nombrar otra.
Según han informado a EFE fuentes jurídicas, el magistrado Adolfo Carretero ha estimado el recurso que interpuso la defensa de Errejón, al que se adhirió la Fiscalía, contra una providencia en la que el juez admitía la personación de la abogada Carla Vall como letrada de la denunciante, la actriz Elisa Mouliaá, y que ahora rechaza "hasta que no lo haga en debida forma y en alta laboral".
Esta decisión conlleva dejar sin efecto el auto del 11 de noviembre en el que se suspendían los plazos de la causa -que suponía su archivo provisional- y que el juez decretó debido a la baja médica por avanzado estado de gestación de esa abogada, ya que, según determina ahora, "admitió la petición de suspensión realizada por una letrada que no estaba legitimada para ello al estar de baja laboral y no poder personarse".
Una vez reactivada la causa, el magistrado cita para el 16 de enero a las 11:00 a Elisa Mouliaá, advirtiéndola expresamente de que "podrá venir con abogado de su elección que antes esté personado en forma, o se le nombrará un abogado de oficio", en un escrito en el que explica que la abogada Carla Vall comunicó al juzgado que se incorporaría de baja maternal el 8 de enero, de manera que podría personarse en tiempo y forma.
También cita para ese día como investigado a Íñigo Errejón, pero a las 12:30 horas.
En el auto, fechado ayer miércoles y al que a tenido acceso EFE, el titular del Juzgado de Instrucción 47 explica que en la providencia del 13 de noviembre admitió la personación de la letrada de la denunciante porque presentó un poder para pleitos fechado el 11 de noviembre.
Detalla que lo hizo aplicando una "interpretación flexible de la palabra 'interviniente'" del artículo 179 de la Ley de Enjuiciamiento Civil con la intención de garantizar "el derecho de la víctima a la libre elección de abogado de su confianza".
Pero ahora el magistrado admite el recurso de la letrada de Errejón, Eva Gimbernat, al que se adhirió la Fiscalía, tras constatar que la letrada de la denunciante estaba de baja desde el 7 de noviembre, "antes de otorgar el poder a la señora Mouilaá y de la personación", y por tanto "no se le puede conceder la posición de interviniente".
Afirma que lo hace "en aras a la estricta legalidad y la seguridad jurídica evitando mayores dilaciones en el procedimiento que perjudican principalmente al derecho del investigado a declarar lo antes posible".
Esta resolución hacer decaer, ya que queda vacío de contenido y sin objeto, el recurso que interpuso directamente ante la Audiencia Provincial la letrada de Errejón por la "indebida" suspensión provisional de la causa, han confirmado a EFE las fuentes.
Andalucía
Reabren la causa contra Errejón por presunta agresión sexual y le cita en enero
El magistrado Adolfo Carretero ha estimado el recurso que interpusieron la Fiscalía y la defensa contra la suspensión de los plazos
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