Puerto de Carboneras.

El TSJA deja la vía expedita a la reforma de las instalaciones portuarias de Carboneras

Publicado: 17/12/2024
Al denegar a la Asociación de Afectados por el Puerto de Carboneras la paralización cautelar de las mismas
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dejado finalmente una vía expedita a las obras de remodelación de las instalaciones portuarias de Carboneras (Almería), al denegar a la Asociación de Afectados por el Puerto de Carboneras la paralización cautelar de las mismas.

El alto tribunal andaluz, según ha adelantado este martes el periódico Diario de Almería, ha desestimado en un auto el recurso presentado por esta plataforma ciudadana en octubre del pasado año para la anulación del expediente acordado por la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, dependiente de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, y la concesionaria Marina San Andrés.

La asociación presentó alegaciones contra el auto del TSJA que desestimó su petición de paralizar cautelarmente el inicio de las obras de remodelación de las instalaciones portuarias de este municipio almeriense.

El recurso de reposición, al que ha tenido acceso EFE, recordaba que el alto tribunal andaluz había denegado la adopción de estas medidas cautelares porque se podría "causar un perjuicio al interés público", y subrayaba que lo que se pedía precisamente es "que no se permita la modificación sustancial e ilícita del proyecto sometido a licitación porque causa un grave perjuicio al interés público".

Apuntaba, asimismo, que la modificación del contrato "beneficia enormemente" a la mercantil concesionaria con un "aumento desmesurado" en los precios de los amarres y con una disminución sustancial e injustificada en el número de los amarres de los barcos de menor eslora y aumento de los de mayor tamaño.

Aseveran que el nuevo proyecto reduce el número de amarres de 6 metros de 96 a tan sólo 29. Los amarres de 8 metros se ven reducidos de 60 a 29, sin embargo los de 15 metros se incrementan de los 6 licitados hasta los 21. "El nuevo proyecto no se lleva a cabo en interés público sino en el privado de la concesionaria", subrayan.

"El interés puramente crematístico de la mercantil concesionaria se acredita al observar el lamentable estado de abandono en que se encuentra el puerto donde ya se han hundido dos embarcaciones por tener los amarres defectuosos. Previsiblemente se producirán más hundimientos, pero el mayor peligro está en el pantalán donde ahora se amarran 52 barcos", apostillaban.

Sin embargo, el TSJA advierte ahora de que esta plataforma no concurrió a la licitación del contrato de concesión de obras controvertido ni tiene capacidad para optar a tal licitación, así como que es reiterada la jurisprudencia que niega la legitimación a quien ejerce un "interés abstracto o un mero interés en defensa de la legalidad".

"Por otro lado, se ha negado legitimación a quienes no licitaron, por lo que en este caso concreto se concluye que la asociación está ejerciendo una pretensión de mera defensa de la legalidad, esto es, una acción pública que no está prevista para la contratación pública", abunda el TSJA. 

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