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Sábado 16/11/2024
 
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Sevilla

Investigan una "estafa piramidal" por valor de unos cuatro millones y 50 afectados

"El lugar en el que se ha cometido el delito es el término municipal de Dos Hermanas, que es donde está acreditado que se ha realizado el engaño"

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  • Dinero. -

El Tribunal Supremo (TS) ha atribuido al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cuatro de Dos Hermanas, la competencia para investigar "una especie de estafa piramidal" cometida desde dicha localidad por dos personas, afectando a unas 50 víctimas y ascendiendo a unos cuatro millones de euros el importe del dinero presuntamente estafado.

En un auto fechado el pasado mes de junio y recogido por Europa Press, el Supremo aborda una cuestión negativa de competencias planteada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cuatro de Dos Hermanas respecto al Juzgado de Instrucción número uno de la Audiencia Nacional.

En el auto, el Supremo explica que el mismo está destinado a "determinar el órgano competente para la investigación de los hechos denunciados que, en síntesis, consisten en la actividad delictiva realizada por dos personas en una especie de estafa piramidal por la que captaban dinero ofreciendo un beneficio".

UNOS CUATRO MILLONES DE EUROS ESTAFADOS

"El examen de las actuaciones constatamos la existencia, en principio, de unos hechos investigados que afectan 50 personas y con un montante de perjuicio en torno a los cuatro millones de euros", precisa el Supremo recordando que "la competencia es discutida por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cuatro de Dos Hermanas y el Juzgado Central de Instrucción número uno de la Audiencia Nacional.

A tal efecto, el Supremo indica que "el lugar en el que se ha cometido el delito es el término municipal de Dos Hermanas, que es donde está acreditado que se ha realizado el engaño y la consumación patrimonial de las defraudaciones conocidas".

"De acuerdo a lo anterior, e igualmente de acuerdo al informe del Ministerio Fiscal, procede atribuir la competencia al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Dos Hermanas, pues no se constata en los hechos la generalidad de personas, ni afectación a la economía nacional que requiere la atribución de competencia a la Audiencia Nacional", zanja el Tribunal Supremo.

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