La habilidad de los políticos para repetir las cosas y no aclararlas es infinita y en el tema de la Casería, donde se juega además con sentimientos que son los que generalmente dan los votos, todo indica que la serpiente de verano ha comenzado casi un mes antes de que comience la nueva estación y tantos unos como otros lanzarán un comunicado de prensa diario o una rueda de prensa, para salir también en las televisiones.
En medio de las declaraciones de unos y otros, este periódico ha pedido los justificantes de las remisiones de la petición de declaración de interés general para la Casería que atestigüen que se ha enviado, que se ha contestado y a quien compete la resolución del expediente.
Pues bien, con los papeles que se muestran en este artículo -y salvo error u omisión del arriba firmante, se trata de documentación a la que pueden los grupos políticos de la oposición porque es pública- el Ayuntamiento de San Fernando envió tanto al Ministerio para la Transición Ecológica del Reto Demográfico como a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía el acuerdo del Pleno municipal del 26 de noviembre.
Con esa sesión del Pleno se iniciaba la legalización mediante la declaración de interés público para los establecimientos hosteleros e instalaciones ubicadas en la zona de la Casería de Ossio, afectada por el dominio público marítimo-terrestre entre los hitos M-28 y M-23 del deslinde DL-105-CA aprobado en 2002.
En ambos escritos, al ministerio como la Junta se explica lo que todos saben, que son necesarios los informes preceptivos de las tres administraciones, la local, la regional y la estatal y se pide a ambos la emisión de los informes correspondientes.
O sea, la Junta tiene conocimiento de lo aprobado en el Pleno el 26 de noviembre de 2020 desde el 11 de diciembre del mismo año, la misma misma que el Ministerio para la Transición Ecológica. Quien diga que la Junta no sabe nada, con este papel por delante que este periódico reproduce, sencillamente no está al tanto de lo que ha ocurrido ni ha preguntado por ello.
Item más, el Ministerio para la Transición Ecológica contestó al Ayuntamiento con fecha 29 de diciembre sobre el oficio del día 11 enviado por el Ayuntamiento, poniendo en conocimiento del Gobierno local que con esta fecha -la del 29 de diciembre de 2020- “ha sido remitida dicha documentación a la Junta de Andalucía “por ser esta Administración a quien compete recabar el informe de la Administración General de Estado y la Administración Local sobre las posibles razones de interés publico para la legalización de las construcciones, así como dictar la resolución que proceda”.
O sea, que a la Junta de Andalucía ha llegado la solicitud municipal por dos caminos distintos, por el municipal con fecha 11 de diciembre de 2020 y por Costas con fecha 29 de diciembre del mismo año.
El pasado viernes y en respuesta a la insistencia desde el Gobierno a Costas para que se pronunciara se comunicó por correo electrónico que ya se había mandado, como atestigua la documentación que publica este periódico, de la misma manera que se comunicó a la Junta. Otra cosa es que el delegado territorial del ramo no haya preguntado a sus técnicos o haya dado por buenas otras interpretaciones.
Dicho lo cual, ya cada uno de los polemistas sobre esta cuestión principal tendrían que ver si lo suyo es acercarse a Madrid para insistir o bien al Palacio de San Telmo a hacer algunas gestiones más provechosas que las que se están haciendo hasta ahora.
Costas -y eso también es verdad- por ahora no tiene ninguna intención de parar los expedientes, entre otras cosas porque desde la Junta de Andalucía no ha recabado el informe como Administración competente que es para ello, según lo previsto en el apartado 2 de la Disposición Transitoria Decimotercera del Reglamento General de Costas, en relación con lo establecido en el Real Decreto 62/2011, de 21 de enero, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación y gestión del litoral.
Dicho sea esto último para facilitar la tarea a quien quiera leerse lo que dice el Decreto y qué Decreto es.