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Miércoles 18/12/2024
 

sociedad

Los menores tienen prohibido por ley comprar lotería para el Sorteo de Navidad

La legislación española relativa a los juegos de azar es similar a la de otros productos como el alcohol o el tabaco

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  • Lotería de Navidad. -

Los menores de edad tienen prohibido comprar décimos del Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad que se celebrará este próximo 22 de diciembre, según se establece en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego.

La legislación española relativa a los juegos de azar es similar a la de otros productos como el alcohol o el tabaco, de modo que los menores de 18 años tienen prohibido el acceso a los juegos de azar, también a los tradicionales sorteos de Navidad y El Niño.

El 6 de enero de 2019, un niño de quince años se proclamaba como uno de los ganadores del primer premio de la Lotería de El Niño ya que, según explicó, había comprado un décimo del número 37.142 con los 20 euros que le habían devuelto de un número del Sorteo de Navidad.

El chico lo explicaba a los periodistas, exultante, en la administración barcelonesa que había repartido íntegramente este primer premio: la 271 de Barcelona, 'La Sort', en la Travessera de Grcia 244. "Lo compré ayer, con los 20 euros que gané en la Lotería de Navidad, y, mira: ¡premio!", dijo junto a su padre, Valeriu.

Tras conocerse la noticia, la Asociación Catalana de Adicciones Sociales (Acencas) recordaba que la Ley de Regulación del Juego prohíbe explícitamente que un menor compre lotería, y solicitaba prohibir el acceso de los menores a los juegos de azar.

Asimismo, la entidad señalaba que esta ley veta de toda actividad relacionada con el juego a los menores de edad: "Esta persona no podría en ningún caso haber comprado décimo alguno de manera legal ni, en consecuencia, resultar ganador de ningún premio. De haber sido así, se trataría de una infracción grave, tal como recoge el texto legal", explicaba.

En la ley se considera una infracción grave permitir el acceso a la actividad de juego a los menores, "siempre que la entidad explotadora de juegos conozca o deba conocer la concurrencia de tales prohibiciones", así como una infracción leve no informar debidamente al público de la prohibición de participar a los menores de edad.

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