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Viernes 15/11/2024
 

Córdoba

Cuatro urbanizaciones periféricas reclaman una reunión con Bellido

"Para concretar las prestaciones básicas que son competencia propias del municipio"

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  • Bellido. -

Las Entidades Urbanísticas de Conservación de Encinares de Alcolea, Llanos de Arjona, Carrera del Caballo (Paraíso Arenal) y Santa Ana de la Albaida, todas ellas ubicadas en suelo urbano público de la periferia de la ciudad de Córdoba, han solicitado una reunión conjunta con el alcalde, José María Bellido (PP), "para concretar las prestaciones básicas que son competencia propias del municipio y que, en la actualidad, las están asumiendo los vecinos de estas zonas urbanas".

A este respecto y según ha informado en un comunicado, las entidades se quejan de que "durante muchos años" han estado intentando concretar con el Ayuntamiento de Córdoba, tutor de estas entidades, "la asunción de las obligaciones" que le competen al municipio, "señaladas está en la Ley 7/85 Reguladora de las Bases del Régimen Local en sus artículos 25 y 26 respectivamente, y que se están dilatando permanentemente sin señalar fecha para asumir sus obligaciones".

Las entidades señaladas, de las que el Ayuntamiento forma parte por ser éstas colaboradoras de la Administración, solicitan por ello que, "de forma urgente", se les convoque a una reunión con el alcalde "en la que se establezca un compromiso de asumir los servicios básicos que son de su competencia, bien por Ley, por normas urbanísticas o estatutarias, o bien porque así se establecen en resoluciones judiciales".

Al margen de la fecha que se señale para la reunión, las citadas urbanizaciones periféricas solicitan que, "en el tiempo más breve posible", el Ayuntamiento se comprometa a "asumir los costes energéticos de los servicios de alumbrado público en estas Entidades de Conservación, que forman parte de la ciudad como zonas urbanas", y que lo haga "de forma urgente, por ser un servicio básico de prestación obligatoria municipal".

También le piden al Consistorio que haga un "estudio que defina el tiempo de permanencia obligatorio de mantenimiento de la Entidad de Conservación, asumiendo lo establecido en la Ley", y que marque los criterios "para ir asumiendo de forma escalonada, en cada una de las entidades señaladas, los diferentes servicios que son de competencia municipal", lo que incluye "asumir el ciclo integral del agua por competencia directa o bien a través del procedimiento que el Ayuntamiento considere legalmente" viable.

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