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Sábado 30/11/2024
 
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Sevilla

Una treintena de vecinos de San Juan se saltan las restricciones

La Policía Local y la Nacional han formulado hasta 25 denuncias. En el municipio de Camas, el pasado martes se interpusieron hasta 26 denuncias

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  • Policía Local de San Juan. -

La Policía Local de San Juan de Aznalfarache y la Policía Nacional, que cuenta con una comisaría en dicha localidad aljarafeña, han formulado un total de 25 denuncias contra vecinos de la localidad, por incumplimientos de las restricciones implícitas en el estado de alarma implantado por el Gobierno central para combatir la propagación del coronavirus Covid-19, que suma ya 13.716 contagios en España, 859 en Andalucía y 124 en la provincia de Sevilla.

Según han informado a Europa Press fuentes municipales, la Policía Nacional, que cuenta con una comisaría en San Juan, ha interpuesto un total de 17 denuncias de esta naturaleza, mientras los agentes de la Policía Local han formulado ocho denuncias. En Camas, municipio cercano a San Juan, este pasado martes las autoridades contabilizaban 26 denuncias por incumplimientos del estado de alarma, 13 por parte de la Policía Nacional y las 13 restantes por la Policía Local.

Y es que el citado real decreto, como es sabido, circunscribe los desplazamientos permitidos a la ciudadanía a la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; desplazamientos a los centros de trabajo; retorno al lugar de residencia habitual; el cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; el desplazamiento a entidades financieras y de seguros, o por causas de fuerza mayor o situación de necesidad.

Además, ha sido suspendida la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza, incluida la universitaria, extremo que en el caso de Andalucía ya había sido ordenado antes del mencionado real decreto.

Igualmente, ha quedado suspendida la apertura al público de los locales y establecimientos minoristas, a excepción de los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad; establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos; prensa y papelería; combustible para la automoción; estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones; alimentos para animales de compañía, comercio por Internet, telefónico o correspondencia, tintorerías y lavanderías.

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