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Martes 26/11/2024
 
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Sevilla

La muerte de Nadia se salda con un multa de 3.600 euros

El juez le retira el carné de conducir durante un año al estadounidense que ha sido juzgado por un delito leve de imprudencia por el accidente

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  • Juzgados de Sevilla. -

El Juzgado de Instrucción número 5 de Sevilla ha impuesto una multa de 3.600 euros y la retirada de carné de conducir por un periodo de un año para el ciudadano estadounidense que fue juzgado el pasado 25 de julio por este tribunal por un delito leve de imprudencia por el accidente de tráfico que provocó en julio de 2016 la muerte de la joven tenista Nadia Mechaala quien fuera campeona universitaria de España de dobles mixtos.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la titular del referido Juzgado de Instrucción, la magistrada Beatriz González, ha acordado su fallo con la petición del Ministerio Fiscal quien solicitó la imposición de una multa de doce meses con cuota diaria de diez euros (3.600 euros) así como la privación del permiso de conducir durante un año, considerando, además que la responsabilidad civil de este incidente ya ha sido "resarcida".

Cabe apuntar que la acusación particular ejercida por los padres, la hermana y la pareja de la tenista --este último también víctima del accidente vial-- solicitaban para el encausado, que responde a las iniciales D.A.L., una multa de 18 meses con cuota diaria de diez euros (5.400 euros), una retirada del carné durante año y medio así como que aumente la cantidad de la responsabilidad civil, ya entregada, por factor de corrección en un 45 por ciento para el padre, un 30 por ciento para la madre y un 25 por ciento para la hermana.

Por su parte, la defensa del procesado, ejercida por el letrado Carlos Galán, solicitaba únicamente para su patrocinado una multa de tres meses con cuota diaria de diez (900 euros), petición a la cual se adhirió la aseguradora que ejercía, de manera directa, la responsabilidad civil.

Con respecto a los hechos enjuiciados, tal y como ha adelantado 'Diario de Sevilla', la magistrada considera probado que sobre las 14,26 horas del 28 de julio de 2016, D.A.L. circulaba conduciendo un vehículo de alquiler por el carril central de la carretera A-4 en dirección a Sevilla "a una velocidad aproximada de 115 kilómetros por hora", superior al límite establecido para ese tramo de la vía, que era de 100 kilómetros por hora, "distrayendo su atención por unos instantes de la circulación y entrando en colisión por alcance" en el vehículo en el cual iba como copiloto Nadia Mechaala. "Como consecuencia del fuerte impacto entre los vehículos se produjo la muerte de Nadia", añade la juez.

Así, la juez señala que este caso se centra en la "acción u omisión negligente o reprochable es la conducción poco atenta y a velocidad excesiva que realizaba el denunciado" indicando, en esa línea, que esto constituye "una sola acción imprudente causante de diversos perjuicios que debe ser calificada con arreglo al resultado más grave".

Con todo, la magistrada señala que el fallecimiento de la joven tenista se produjo por "la conducta imprudente" del ciudadano estadounidense que "ha demostrado desde el momento del accidente hasta el acto del juicio una actitud de asunción de responsabilidad y sincero arrepentimiento que debe ser adecuadamente valorada" por lo que considera "adecuada" la petición solicitada por el Ministerio Público.

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