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Miércoles 27/11/2024
 
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Huelva

Más de 200 solicitudes para las ayudas de Presidencia de Diputación

Las subvenciones van dirigidas a entidades locales y personas jurídicas sin ánimo de lucro que vayan a realizar proyectos beneficiosos para los onubenses

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  • Diputación Huelva -

Tras la convocatoria publicada por la Diputación de Huelva para la concesión de subvenciones de Presidencia a proyectos de entidades locales de la provincia y a personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro --cuyo plazo de presentación de los proyectos finalizó el pasado 8 de mayo--, se han registrado un total de 203 solicitudes de ayudas entre ambas líneas de subvenciones.

La convocatoria contemplaba estas dos líneas de subvenciones diferenciadas. Por una parte, la línea destinada a entidades locales de la provincia de Huelva para proyectos sobre materias en las que tenga competencias legalmente reconocidas y que puedan repercutir positivamente en la provincia, ha informado la Diputación en una nota.

Por otro lado, una segunda línea a través de la que han podido concurrir aquellas personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro --asociaciones, fundaciones, clubs deportivos y federaciones, entre otras-- que puedan desarrollar los proyectos o actividades presentados y que igualmente repercutan positivamente en la provincia.

En ambas líneas los proyectos deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2019, no pudiendo finalizar más allá del 31 de enero del 2020, excluyéndose los proyectos que no cumplan este requisito, y no pudiendo ser beneficiarios de estas ayudas aquellos proyectos que reciban cualquier tipo de subvención o ayuda por parte de algún área o servicio de la Diputación. El importe máximo de ayuda para un proyecto será de 5.000 euros independientemente de la línea a la que se presente, salvo circunstancias muy excepcionales justificadas en el expediente.

En cuanto a la valoración de las solicitudes presentadas, se considerarán cuatro criterios de los proyectos: la población que tenga el municipio de la entidad solicitante --entendiendo en la línea dos que el municipio de la entidad solicitante será el de su sede social-; la cofinanciación con fondos propios del presupuesto del proyecto y actividad por la entidad solicitante y el presupuesto total del proyecto y actividad objeto de la subvención.

Como cuarto criterio, se tendrá en cuenta el interés del proyecto y actividad presentado, dentro del que se valorarán aspectos como el colectivo prioritario de actuación --si los destinatarios del proyecto son colectivos vulnerables a la exclusión social--, si los proyectos son presentados y gestionados por los propios colectivos y que entre sus objetivos prioritarios se encuentren la promoción socioeconómica, sociocultural, sociolaboral, deportiva y de ocio; de intervención social; promoción y mejora de la gestión medioambiental y sostenibilidad; mejora de la accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas y promoción de la igualdad de género.

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