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Viernes 15/11/2024
 
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Sevilla

Condena de 4 años de cárcel por abusar de las dos hijas de su pareja

El Tribunal Supremo confirma la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Sevilla por el abuso sexual de dos niñas de 7 años

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  • El Tribunal Supremo -

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de cuatro años de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Sevilla a un hombre acusado de abusar sexualmente de las dos hijas de su pareja sentimental cuando ambas tenían siete años de edad.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal rechaza así el recurso del acusado contra la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia que le condenó a cuatro años de prisión por dos delitos de abuso sexual no consentido sobre menor de 13 años.

Asimismo, le impuso la prohibición de aproximarse a las dos menores a menos de 300 metros y de comunicarse con ellas por cualquier medio o procedimiento por un plazo de dos años.

Desde el año 2009, el acusado estuvo compartiendo domicilio con su pareja sentimental y las hijas menores de ésta, nacidas en 2005 y 2004, respectivamente, de forma que, en día no determinado del verano de 2011, una de las víctimas se fue a dormir a la cama que compartían el imputado y su madre, colocándose entre ambos.

En el curso de la madrugada "y aprovechando la proximidad" de la menor, el acusado "tocó y frotó con su mano los órganos genitales" de la víctima "por encima de las bragas que llevaba puestas".

Asimismo, y en la madrugada de un día de mediados de febrero de 2012, la segunda de las víctimas durmió en la cama de su madre y del acusado y quedó colocaba entre ambos, de forma que, "dada la proximidad de la misma" al imputado, éste "puso la mano por encima de la ropa sobre los órganos genitales de la menor, frotando los mismos, retirándole la mano" la afectada.

EXPERIENCIAS "VIVIDAS" Y "NO FANTASEADAS"

El tribunal corroboró las manifestaciones de las dos menores con los informes periciales obrantes en autos, ya que, en estos informes, la psicóloga "concluye que se identifican criterios suficientes para considerar" que el testimonio de las dos menores "ofrecen detalles específicos, que son propios de experiencias vividas y no fantaseadas, que han sido manifestados de modo no inductivo mediante verbalizaciones espontáneas e idiosincrásicas a las características de su edad".

El informe relata que en las menores se detecta la presencia de indicadores "compatibles con una situación de posible abuso sexual", no existiendo "animadversión" hacia el acusado, a lo que se suma que el testimonio de las víctimas "ha sido persistente y prolongado en el tiempo, sin observarse abiertas contradicciones o ambigüedades".

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