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Viernes 15/11/2024
 
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España

En libertad a los detenidos a los que se atribuyó un kalashnikov

Constata que el confidente 'Lolo' "mediatizó" una investigación policial en la que "no hay dato alguno" que avale el vínculo con el terrorismo

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  • Registro de la cabaña de los yihadistas -

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha acordado este miércoles la puesta libertad de los dos detenidos como presuntos yihadistas el pasado 28 de diciembre, a los que se atribuyó haber tenido acceso a un kalashnikov. El magistrado asegura que los indicios "se han desvanecido" y constata que hubo un confidente que "mediatizó" una investigación policial en la que "no hay dato alguno" que avale el vínculo con el terrorismo.

26 días después de decretar su ingreso en prisión por un delito de enaltecimiento y otro de depósito de armas de guerra, Pedraz justifica en un auto la modificación de la situación en prisión de los dos detenidos, Edrissa Ceesay Sanuwo y Samir Sennouni Mouh, fijándoles la obligación de comunicar cualquier cambio de domicilio y requiriéndoles un teléfono móvil a fin de estar localizados.

El magistrado sostiene que aún no ha podido determinar quién suministró los cargadores y la munición que fueron hallados en la parcela conocida como La Cabaña de Valdebernado. También cuestiona la intención de los detenidos de adquirir armas, algo que habrían hecho "en todo caso mediatizados" por el confidente Manuel Mohamed Rodríguez Mniri, el hispano-marroquí conocido como 'Lolo' o 'José', "ya que es él quien se pone en contacto con el agente encubierto y dirige las gestiones con él".

En su auto de cinco páginas, Pedraz destaca el papel desempeñado por el confidente al que los arrestados acusaban de ser "artífice o inductor" de la 'operación Serkan'. Para ello se remite a un informe de la Unidad Central Especial número 2 de la Guardia Civil en la que se da cuenta de los cinco vídeos aparentemente amenazantes de un grupo integrado por hasta cinco jóvenes.

Un segundo informe de la Guardia Civil, remitido al juzgado el 5 de enero, describía a 'Lolo' como una persona "perturbadora, inteligente, manipuladora y colaborador del Cuerpo Nacional de la Policía". El Instituto Armado señalaba que podría haber sido este confidente el que habría "colocado los elementos incriminatorios malintencionadamente para incriminar a terceras personas" y, en todo caso, "careciendo de verosimilitud de amenaza terrorista".

Pedraz detalla las diligencias de una investigación que se inicia cuando la Brigada Provincial de Información de la Policía de Madrid alerta de una organización que supuestamente adquiría armas en Portugal con el interés de venderlas a personas vinculadas a grupos yihadistas. El 19 de enero se pidió a esta unidad un informe "urgente y ampliatorio" tras las dudas suscitadas en el operativo, tomando declaración como testigo al jefe de la brigada y a otros dos agentes.

"CLARA CONTRADICCIÓN" DEL CONFIDENTE

La instrucción, apoyada en el confidente 'Lolo', llevó a investigar en julio de 2016 y también a descartar la implicación de un carnicero que supuestamente había adoctrinado a los jóvenes para que cometieran acciones terroristas. El juez señala como "llamativo" que sea este colaborador el que suministre al policía los vídeos que alertaron por su potencial amenaza.

"En relación con las armas", recoge el auto, "lo único que consta son los cargadores y munición hallados en la parcela de Valdebernardo, ignorándose quién las ha podido esconder en la misma y por quién fueron adquiridas, y sin que se haya podido determinar que el AK-47 utilizado en los vídeos sea real".

En contra de lo que señaló la Brigada de Información de Madrid, Pedraz asegura que "no consta que en la Cabaña de Valdebernardo tuvieran armas portándolas bajo la ropa y exhibiéndolas sin ningún tipo de reparo".

"Es clara la contradicción de 'Lolo' al decir que compraron armas cuando el propio agente encubierto lo niega, como el resto de los investigados", señala Pedraz, que también califica de "llamativo" que este colaborador de la Policía acuda a la Guardia Civil el mismo día en el que se había practicado el registro en su vivienda.

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