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Sábado 23/11/2024
 
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Sevilla

El fiscal pide abrir juicio oral por la violación mortal del parque

La Fiscalía de Sevilla ha solicitado la apertura de juicio oral contra el acusado de violar y provocar la muerte de una joven en el parque de María Luisa

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  • El detenido F.M.S. -

La Fiscalía de Sevilla ha solicitado la apertura de juicio oral contra Francisco M.S., el hombre encarcelado como presunto autor del crimen perpetrado en febrero pasado sobre una joven que había ingerido medicamentos para intentar acabar con su propia vida en el parque de María Luisa.

En un escrito elevado a la Sección Séptima de la Audiencia Provincial, consultado por Europa Press, la fiscal del caso solicita la apertura de juicio oral contra el detenido, a quien el juez de Instrucción número 16 de Sevilla procesó por delitos de asesinato y agresión sexual.

Asimismo, y en este escrito fechado el 25 de octubre, el Ministerio Público se da por instruido en la presente causa, mostrándose conforme con la conclusión del sumario, y por tanto de la instrucción del caso, acordada por el juez Juan Gutiérrez Casillas por medio de una providencia dictada el pasado 4 de octubre.

Fuentes del caso han informado a Europa Press de que la Sala ha otorgado ahora cinco días a la acusación particular que ejerce la familia de la víctima para que se instruya de la causa, mismo plazo temporal que se otorgará seguidamente a la defensa del investigado, tras lo que las partes presentarán sus respectivos escritos de acusación.

El juez dio por concluida la instrucción de la causa después de que la Sección Séptima de la Audiencia confirmara el procesamiento del imputado al entender que existen indicios de criminalidad "suficientes" contra él, rechazando así el recurso presentado por su defensa contra el auto en el que el juez le procesó por los dos referidos delitos.

En un auto, la Audiencia rechaza la "sorpresiva" petición "deslizada" por la defensa en la vista del recurso en relación con diligencias de instrucción "que dijo que le habían sido denegadas" y recuerda que el auto de procesamiento "se fundamenta en la existencia de indicios racionales de criminalidad concurrentes en el supuesto que ha dado lugar a la incoación del sumario y del que se deduzca, igualmente con carácter indiciario, la participación del imputado o imputados" en los hechos investigados.

"No se trata por tanto de analizar en su fondo la prueba existente en la causa sino únicamente de examinar si concurren o no los anteriormente citados indicios racionales de criminalidad", según subraya el tribunal, que asevera que, igualmente, "carece de fundamento la pretensión, también sorpresivamente introducida en su informe en la vista del recurso por la defensa del procesado, como si se tratase de las conclusiones definitivas o de un informe de juicio oral, de que se 'modificase' la calificación de asesinato por la de homicidio imprudente".

A juicio de la Audiencia, "para el dictado de una medida como la impugnada parecen bastante los indicios existentes, y si bien ninguno" de los dos autos donde el juez procesa al imputado "contiene argumentación sobre el tema, sí es cierto que tienen como antecedentes resoluciones tanto del propio Juzgado como de este mismo tribunal de alzada que se pronunciaron sobre la misma cuestión sin que con posterioridad se hayan practicado diligencias que enerven los indicios racionales de criminalidad apreciados no tanto tiempo ha, puesto que el anterior auto de esta Sala es del pasado día 17 de agosto", resolución donde rechazó dejar en libertad al detenido.
MUERTE "DIFERIDA"

Al hilo de ello, y en relación con lo expuesto por la defensa del detenido en la vista del recurso, la Audiencia señala que el acusado "ha llegado a manifestar que ninguno de los dos sangró en el curso de las supuestas relaciones sexuales consentidas" y afirma que "no se trató de una muerte instantánea sino diferida por el curso de la hemorragia provocada de modo que la hora de la comisión de los hechos es compatible con el horario de apertura del parque e, incluso, con su finalización cerrado ya el recinto".

De igual modo, manifiesta que, "aparte de que por lo que se acaba de decir no parece tan determinante el testimonio de la pareja del apelante, esta testigo en sus declaraciones ha dicho también que no le vio hasta la mañana siguiente, como recordó el fiscal en la vista", por todo lo cual "carece de fundamento la petición principal de revocación del procesamiento, que, no se olvide, ha de dictarse 'desde que resultare del sumario algún indicio racional de criminalidad contra determinada persona' (es una resolución cuyo momento procesal no corresponde precisamente al final de la instrucción)".

En la vista celebrada para analizar el recurso, la Fiscalía solicitó a la Audiencia que confirmara el auto de procesamiento al entender que hay indicios "racionales" de que el detenido habría cometido dos presuntos delitos de asesinato y agresión sexual, aludiendo para ello a la existencia de restos biológicos de la víctima (sangre) en la bicicleta del imputado y de ambos en pañuelos de papel recogidos en el lugar de los hechos.

De su lado, el abogado que ejerce la acusación particular en nombre de los padres de la víctima, Alberto Lag, también pidió a la Audiencia Provincial que confirmara el procesamiento del detenido al entender que su versión de lo acontecido "no es creíble", añadiendo que las relaciones sexuales no pudieron ser "consentidas" porque la víctima se encontraba bajo los efectos de los medicamentos que había ingerido previamente.

Por su parte, el letrado de Francisco M.S., Eugenio Guevara, pidió a la Audiencia el archivo de la causa y expuso los distintos argumentos ofrecidos en su recurso de apelación, añadiendo además que existen "discordancias" entre los dos informes de autopsia realizados, ya que "uno sitúa la muerte entre las 5,00 y las 8,00 horas" y el otro "entre las 4,00 y las 6,00 horas" del día 24 de febrero.

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