La Audiencia de Málaga ha condenado a tres años y nueve meses de prisión a un hombre por estafar a otro 50.000 euros con la venta de un coche que nunca le entregó y al que dio una documentación del vehículo falsificada, puesto que la real se la había remitido al verdadero comprador del turismo. Asimismo, se apropió de un camión que el perjudicado le prestó.
Según se declara probado en la sentencia de la Audiencia, la víctima y el acusado habían mantenido relaciones de negocios y en enero de 2006 el procesado recibió del otro la cantidad de 50.000 euros en pago del precio de un coche, "vehículo que se había comprometido a entregar sabiendo que no podía hacerlo pues ya no lo tenía en su poder al haberlo vendido con anterioridad".
A la compradora entregó el coche y también la documentación original del turismo, con lo que el acusado, tras recibir el dinero, según consta en la resolución, entregó al perjudicado fotocopias de un certificado de seguro autorizando para circular y la tarjeta de la ITV, "documento este último que no se correspondía con la realidad" y era falso.
Asimismo, señala la sentencia de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, aprovechando que el perjudicado le había autorizado a usar un camión de su propiedad, tasado pericialmente en 11.600 euros, "se apoderó del citado vehículo sin que lo haya restituido a su legítimo propietario".
Para la Sala, se trata de un delito de estafa y señala que la versión del perjudicado es "coherente" y la ha mantenido en el tiempo "sin vaguedades". También considera que hay un delito de falsedad en documento oficial, ya que entregó, entre otros documentos que eran fotocopias, una ficha de inspección técnica "que luego resultó ser falsa".
Asimismo, el Tribunal estima que el acusado cometió un delito de apropiación indebida, puesto que recibió el camión del perjudicado "en préstamo" para hacer una mudanza a Alemania "y sin embargo lo hizo suyo, quebrantando con ello la confianza generada y depositada en él por el denunciante".
Además de la pena de prisión, la Sala condena al procesado a indemnizar al perjudicado en la cantidad de 50.000 euros por el contrato de compraventa del vehículo y con otros 11.612 euros en los que se ha valorado el camión que no ha sido devuelto.