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Lunes 25/11/2024
 

Málaga

Condenan a tres años de prisión a un joven por romper dos dientes a otro con una botella

Los hechos sucedieron en enero de 2011 en la localidad malagueña de Teba

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La Audiencia de Málaga ha condenado a tres años de prisión a un joven por romper dos dientes a otro, al que golpeó con una botella de cerveza en la boca; y además le ha impuesto el pago de 7.450 euros como indemnización a la víctima. Parte de esta cantidad ya ha sido abonada antes del juicio, por lo que se le aplica la circunstancia atenuante de reparación del daño.

   Los hechos sucedieron en enero de 2011 en la localidad malagueña de Teba. Eran sobre las 06.30 horas y el acusado, con 24 años entonces, que iba acompañado por otra persona, abordó a la víctima, que era menor de edad, en el momento en el que abandonaba una discoteca, increpándole también, según consta en la sentencia de la Sección Segunda.

   Tras esto, dice la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, "con el ánimo de menoscabar su integridad física", el procesado dio un empujón a la víctima, "propinándole un golpe en la boca con una botella de cerveza que llevaba en la mano". Después, abandonó el lugar de los hechos.

   Como consecuencia de la agresión, el joven perjudicado sufrió una lesión en la boca, lo que le ha provocado como secuela la pérdida de dos piezas dentarias, requiriendo para su restitución un tratamiento valorado en 4.450 euros. Además, esto le ocasiona un perjuicio estético moderado. Antes del juicio oral, el acusado consignó la suma de 1.000 euros.

   El procesado admitió lo fundamental de su conducta y, según la Sala, "conocía el peligro concreto generado por su acción, pues es de conocimiento general que un golpe de gran contundencia propinado con una botella de cristal en el rostro de una persona, en concreto en la boca, provoca un riesgo cierto de pérdida de piezas". Por esto, se le condena por un delito de lesiones.

   Además de la pena de prisión y la indemnización, se le impone la prohibición de acercarse a la víctima en cualquier sitio que se halle a una distancia inferior a 300 metros durante un periodo de siete años. La Sala rechaza aplicar la atenuante de embriaguez, planteada por la defensa, al no considerar acreditado que actuara bajo los efectos del alcohol.

   Por otro lado, el Tribunal señala que se ha impuesto la pena de cárcel mínima legalmente posible, pero estima que resulta "excesiva", por lo que acuerda proponer de oficio la concesión parcial de un indulto, que comprenda una pena de prisión no superior a dos años. Por tanto, se señala que una vez firme la sentencia, se procederá a elevar al Gobierno esa propuesta de indulto parcial.

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