La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Baleares ha fijado para el próximo 20 de mayo la vista para deliberar y fallar sobre la procedencia o no de citar a declarar a la infanta Cristina como imputada en el marco del caso Nóos, según la providencia dictada este viernes por el tribunal que se encargará de resolver al respecto.
La Sala, con su presidente en funciones Diego Gómez-Reino como ponente del asunto, deberá dirimir de este modo sobre el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía Anticorrupción contra el encausamiento de la hija del rey Don Juan Carlos, que fue acordado por el juez instructor, José Castro. Una impugnación a la que se adhirieron la defensa de la propia encausada, de Iñaki Urdangarin, del secretario personal de las Infantas, Carlos García Revenga, y la Abogacía del Estado.
Mientras tanto, el tribunal también tiene sobre la mesa las alegaciones presentadas por el sindicato Manos Limpias, personado como acusación popular, en favor de emplazar a declarar a la infanta a fin de que arroje luz sobre los hechos investigados, además del resto de actuaciones que el juez Castro ha elevado a la Audiencia para la deliberación.
En su auto de imputación, Castro, quien dejó sin efecto la citación que acordó para el 27 de abril a la espera del pronunciamiento de la Audiencia, apuntaba hacia la Infanta como cooperadora necesaria en los delitos que su marido presuntamente cometió al frente del Instituto Nóos, de forma que sin su presencia en la entidad así como sin "el aparente y consensuado refuerzo de la Casa Real", Urdangarin y su exsocio Diego Torres no habrían podido obtener los fondos de las Administraciones públicas que supuestamente desviaron.
Sin embargo, el fiscal Pedro Horrach, en su recurso de apelación, descartaba que ésta ejerciera una "influencia delictiva" sobre las Instituciones que contrataron con Nóos, e incidía en que si los responsables políticos "supuestamente influenciados" desconocían que la Infanta fuera vocal en Nóos y no trató o gestionó de algún modo con ella temas vinculados a esta entidad, "¿cómo podía ejercer aquélla una influencia delictiva?".
De hecho, la defensa de la Infanta sostiene que "no tiene sentido" un encausamiento con "nulas posibilidades de prosperar" ante la falta de indicios penales, máxime cuando la Fiscalía y la Abogacía del Estado han mostrado su disconformidad con la decisión del juez y teniendo en cuenta que un imputado no puede llegar a la fase del juicio si contra él las acusaciones no han formulado acción alguna.
Por su parte, la Abogacía del Estado se adhirió a la impugnación del fiscal Pedro Horrach únicamente en relación al presunto fraude fiscal investigado en el caso Nóos, que se eleva a unos 470.000 euros, debido a que su personación en la causa se limita a la defensa de la Agencia Tributaria (AEAT) como perjudicada por la supuesta comisión de delitos contra la Hacienda pública.
En su escrito, la Abogacía aseveraba que su apoyo a la impugnación del Ministerio Público "viene limitado, por su legitimación, exclusivamente a la instrucción, averiguación, acusación y defensa de la AEAT" en lo referente a las anteriores infracciones penales y no en cuando al resto de delitos, en particular el de tráfico de influencias".
De este modo, la acusación aseveraba que no existe "un sólo indicio incriminatorio" respecto a la hija del rey Don Juan Carlos "más allá de ser titular en un 50 por ciento de la sociedad Aizoon", de la que es copropietaria junto a Urdangarin.