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Viernes 15/11/2024
 

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La concesión temporal de nichos y sepulturas de La Línea se podrá solicitar al partir del lunes

Se podrá solicitar la concesión temporal durante un periodo de 75 años así como el traslado de restos

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El Ayuntamiento de La Línea de la Concepción ha dispuesto que a partir del próximo día 20 de febrero, y con carácter permanente, se podrá solicitar la concesión temporal, durante un periodo máximo de 75 años, de los nichos y sepulturas existentes en el cementerio municipal de San José, así como el traslado de restos y demás actuaciones funerarias previstas legalmente.

A los efectos de garantizar a los vecinos y ciudadanos la debida información acerca de los requisitos, documentos y tasas, requeridos para ello, se podrá acudir, en horario de 09.00 a 14.00 horas, a las dependencias municipales de la Oficina de Gestión Tributaria, en la avenida de España, donde se facilitarán los impresos, hojas de información y demás datos necesarios.

Todo ello obedece a que en el contexto de las actuaciones municipales relacionadas con la gestión del cementerio se ha observado la inexistencia y, por consiguiente, la falta de puesta en práctica de procedimiento administrativo alguno destinado a posibilitar la concesión temporal de tales elementos de infraestructura funeraria y garantizar los derechos de los ciudadanos en un asunto tan sensible y enraizado con la conciencia familiar y sentimental de la población.

Por el contrario, ante la inactividad administrativa en esta materia, se han venido sucediendo y acumulando, durante los últimos meses, las solicitudes ciudadanas en orden a regularizar u obtener la correspondiente concesión de estos elementos funerarios.

Para paliar esa situación el Ayuntamiento ha ordenado y dispuesto un procedimiento administrtativo renovado, simplificado y de fácil gestión destinado a descongestionar este déficit y facilitar la posibilidad de conferir a todos los ciudadanos interesados el correspondiente título concesional sobre aquellos nichos, sepulturas, panteones, etc., en los que reposen los restos de familiares, allegados y seres queridos con aplicación a la vigente ordenanza fiscal.

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