El portavoz del Grupo Municipal AxSí, Fran Romero, ha dado detalle de las 21 alegaciones en positivo que la formación ha presentado al borrador del nuevo Reglamento Municipal de Participación y Defensa de los Derechos de la Ciudadanía. Romero asegura que dicho documento falla a la hora de garantizar la participación ciudadana en la gestión municipal.
Ante la ambigüedad del documento, AxSí pide mayor concreción sobre los asuntos en los que la señora. Así, plantea “fomentar la participación ciudadana en todos los grandes proyectos que afecten al municipio para alcanzar un desarrollo integral que genere oportunidades, bienestar e implemente los Objetivos de Desarrollo Sostenible en la lucha contra la crisis climática, en especial, los relativos a las Ordenanzas Municipales y Fiscales, Presupuestos Ordinarios, así como en la elaboración o modificación sustancial del Plan General de Ordenación Urbana vigente en cada momento”.
Así mismo, la formación ejemplifica la necesaria comunicación permanente entre Ayuntamiento y ciudadano mediante la promoción de recursos para conocer la opinión vecinal sobre los asuntos prioritarios del municipio. Evaluar la gestión de las políticas públicas municipales y que se rindan cuentas mediante una sesión anual extraordinaria del Consejo de Ciudad abierta al público, a los medios de comunicación y retransmitida mediante los medios audiovisuales oportunos.
Por otra parte, este reglamento expresamente proclama el carácter consultivo de todos y cada uno de los procesos participativos que se puedan arbitrar. De esta manera, AxSí propone que “el Ayuntamiento procure asumir el resultado de los diferentes procesos de participación y en especial los relativos a la aprobación de las ordenanzas municipales y fiscales, los presupuestos ordinarios y la elaboración o modificación sustancial del Plan General de Ordenación Urbana vigente en cada momento”.
Igualmente, se presentan alegaciones para corregir un reglamento que prevé nombrar vicepresidente al concejal de Presidencia, cuando lo razonable sería que el concejal competente en Participación Ciudadana fuera el que ocupara este cargo.
En segundo lugar, tampoco comprende AxSí en la composición de vocales del Consejo de Ciudad que la Junta de Gobierno Local nombre hasta siete representantes de las instituciones de mayor relevancia de la ciudad a propuesta, cuando se supone que dichas instituciones ya están previstas en el artículo posterior que regula los vocales del Consejo de Ciudad. Se abunda en una redacción ambigua e indeterminada de nombramientos de dicho órgano.
En tercer lugar, y en este sentido, en relación con el artículo sobre los Vocales del Consejo de Ciudad, AxSí plantea una propuesta más transparente y participativa ya que se ignora que, por ejemplo, existe más de una Federación de Vecinos y más de una Federación de Padres y Madres, por lo que se propone un representante nombrado a propuesta de las Federaciones de Asociaciones de Vecinos, un representante nombrado a propuesta de las Federaciones de Peñas y Entidades, un representante nombrado a propuesta de las Federaciones de Padres y Madres, un representante nombrado a propuesta de cada una de las principales organizaciones empresariales y comerciales, un representante nombrado a propuesta de cada una de las principales organizaciones sindicales y hasta cinco personas de reconocido nombradas desde el consenso en el seno del propio Consejo de Ciudad a propuesta de la Presidencia o de cualquier miembro del mismo.
De igual forma, en relación con los artículos que regulan los Procesos de Deliberación Participativa, Consultas Populares y sus distintas modalidades de canales de participación AxSí propone que, en todo caso y de nuevo en aras de la cogestión y la transparencia, se sometan a estos procesos la aprobación de las Ordenanzas Municipales y Fiscales, Presupuestos Ordinarios y la elaboración o modificación sustancial del Plan General de Ordenación Urbana vigente en cada momento. Y se demanda un porcentaje más justo y realista de mínimos apoyos suscritos por la ciudadanía para que una iniciativa ciudadana o de un colectivo para elaborar anteproyectos de normas y promover actividades de interés público salga adelante. Este porcentaje de situaría en un 5%. A este respecto, se exige que no se limiten los Presupuestos Participativos a las inversiones, cuando la verdadera cogestión debe extenderla a otros capítulos del mismo como los gastos y transferencias corrientes.
Finalmente, AxSí advierte que no se regula la elección del Defensor o Defensora de la Ciudadanía respecto del que se propone se haga igualmente desde el consenso en el seno del Consejo de Ciudad; y pide más contenido e información sobre el artículo referente a la APP Línea Ciudadana de la que sólo se aporta el título.