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Por su seguridad ¡Sancionado queda!

“Obligación de destinar las sanciones económicas a la financiación de seguridad vial, prevención de accidentes de tráfico y ayuda a las víctimas.”.

Publicado: 11/10/2021 ·
22:03
· Actualizado: 11/10/2021 · 22:03
Autor

Rafael Fenoy

Rafael Fenoy se define entrado en años, aunque, a pesar de ello, no deja de estar sorprendido cada día

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En este blog se pretende compartir análisis, reflexión y algo de conocimiento contigo persona lectora

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No le quepa la menor duda. Cada persona conductora está muy segura. ¡Si! Cuando alguien se pone en carretera lleva las de ganarse una ¡multa!  La tensión que se acumula después de kilómetros y kilómetros de señales de circulación, con límites de velocidad reiterados, inexplicables e incluso contradictorios, es enorme. Hay un principio de ajuste de la velocidad al estado y trazado de las vías de circulación que debe quedar a la discreción de quien conduce. Más allá de informar o sugerir determinadas velocidades la reiteración de las prohibiciones genera un stress que más que evitar accidentes puede incluso causarlos. Parece incluso sorprendente que se advierta a las personas conductoras del mal estado de la vía y estas señales persistan en el tiempo años, en lugar de ser avisos puntuales, porque quien debe estar sobre aviso son los gestores políticos de la administración correspondiente que rauda y veloz debería reparar la carretera, haciéndola segura para la conducción.

Más de una persona, en sus viajes, inicia la cuenta del número de señales de tráfico que se va encontrando, pero llegando a determinadas cifras desiste de seguir el conteo. ¡Hay tanta señalización! A alguien se le escapa aquello de ¿Quién será el que fabrica tantas señales? Porque a la vista del exuberante número de ellas estos fabricantes  están haciendo el “agosto”.  Más de una persona cae en la cuenta de que quienes políticamente deciden comprarlas e instalarlas, pudieran tener la tentación de deambular por entramados ilícitos para obtener alguna ventaja.

¿Simplificar es posible? Por ejemplo: si el límite en autovía es 120 Km/h ¿a qué viene recordarlo una y otra vez? Salvo que se establezca durante un trayecto delimitado con la señal de inicio y otra de finalización de un límite de velocidad inferior, sería suficiente para que la persona conductora entienda que una vez rebasada esa finalización puede aumentar la velocidad hasta los 120 kilómetros hora prescritos por ley. Ocurre exactamente igual que en las vías urbanas, ya que si el límite en ellas queda fijado por ley, sólo basta indicar con señales cuando los límites se vean reducidos, ¡eso sí! advirtiendo a la persona conductora de cuando finaliza esa especial limitación, para de esa forma conducir dentro del límite general establecido para vías urbanas.

Un aspecto interesante en esto de las señalizaciones es mantener las normas un largo tiempo para que se cree una especie de “hábito” que simplifique y de esta forme asegure la correcta conducción. Los sucesivos cambios, si estos además se producen con frecuencia, desorientan a quienes deben cumplir con las normas de circulación.

Hay quien puede llegar a pensar que la “selva” señalizadora y las modificaciones sucesivas NO aumentan la seguridad en la conducción sino que incrementan  la capacidad recaudadora de la Dirección General de Tráfico. Este Organismo es Autónomo del Estado (ley 40/2015 de 1 de octubre) “con tesorería y patrimonio propios y autonomía en su gestión.” Económicamente tiene superávit ya que recauda entre tasas, multas y sanciones de tráfico más dinero que el que invierte, transfiriendo el excedente a los presupuestos del Estado que puede invertirlos en otros menesteres no relacionados con mejorar la seguridad vial. Fuentes periodísticas aportan el dato de que entre 2014 y 2018 la DGT recaudó más de 5000 millones de euros y entregó al Estado más de 1400 millones. Sólo en 2019 traspasó al Estado algo más de 600 millones de euros. Y esto a pesar de que Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial,  en su Disposición adicional cuarta establece la “Obligación de destinar las sanciones económicas a la financiación de seguridad vial, prevención de accidentes de tráfico y ayuda a las víctimas.”.  No es de extrañar que el Tribunal de cuentas advirtiera en 2018 que la DGT estaría incumpliendo sistemáticamente con su obligación legal de destinar la recaudación por multas a los objetivos establecidos.

Si prevenir es curar, ¿porqué según las cuentas de 2017 ((Resolución de 12 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Tráfico, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2017 y el informe de auditoría.), la DGT destinó para la formación y educación sólo 2 millones de euros y sin embargo presupuestó algo más de 300 millones a la partida de vigilancia y control. Será porque personas conductoras formadas conducen con mayor seguridad y respeto a las normas. Y claro esta mejor conducción aumenta la seguridad pero disminuye la recaudación.

Fdo Rafael Fenoy Rico

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